El Supremo ampara al contribuyente
La Diputación debe devolver el IBI mal cobrado a un vecino de Cerecinos de Campos
El Procurador del Común recuerda a la institución que en 2023 admitió el errornEl Ayuntamiento de Cerecinos, obligado a revisar las bases

El Procurador del Común, Tomás Quintana López, en una intervención en las Cortes de Castilla y León. | ARCHIVO
El Procurador del Común insta a la Diputación de Zamora a "cumplir a la mayor celeridad posible" con la devolución del dinero cobrado de más a un vecino de Cerecinos de Campos por el IBI de cuatro años de una propiedad revisada a la baja por el Catastro de Zamora, una exigencia que parte de un acuerdo de la institución provincial del 9 de junio de 2023. En esa fecha, admitió la resolución del Procurador que disponía la devolución de esos recibos cobrados incorrectamente al haber aplicado un valor catastral superior al que figura en el Registro.
"La Administración debe implicarse y adoptar las medidas oportunas para cumplir el compromiso adquirido con la mayor celeridad posible", abunda la institución autonómica que defiende los intereses de los castellanoleoneses frente a posibles abusos de las distintas entidades. Recuerda que existe "el derecho a una buena administración que no está siendo respetado por esa entidad provincial", a la que recuerda "los principios de buena fe, confianza legítima o responsabilidad por la gestión pública" para redundar en la urgencia de la reposición del dinero cobrado de más al contribuyente de Cerecinos de Campos.
Ante la inacción de la Diputación, el Procurador del Común le recuerda el principio de "lealtad institucional que exige la cooperación de las administraciones en aras del interés superior general y actuar respetando los acuerdos y cumpliendo los compromisos".
Varapalo al Ayuntamiento
El varapalo del Procurador del Común se dirige también al Ayuntamiento de Cerecinos de Campos que ingresa la recaudación del IBI en sus arcas municipales, al que le apunta que está obligado a anular las liquidaciones hechas en base a un valor catastral anterior al actual y anulado por la revisión correspondiente. Esto explica que "deba devolver los importes recaudados practicando nuevas liquidaciones conforme a la base imponible que resulte de la nueva valoración".
Jurisprudencia del Supremo
Para dar firmeza a su resolución alude a la jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto del principio de capacidad económica de la persona que viene determinada, precisamente, por el valor catastral del bien que posee y, por ende, por el IBI que paga. El Supremo distingue en sus sentencias entre el procedimiento catastral y el tributario, y agrega la resolución de la institución autonómica, de tal forma que los ayuntamientos pueden mantener unas liquidaciones que se corresponden con el valor corregido del inmueble para no vulnerar el principio de capacidad económica.
Por si todos este cuerpo argumental no fuera suficiente para la Diputación y el Consistorio de Cerecinos de Campos, el Procurador incluye en su disposición que la Agencia Tributaria "reconoce el derecho a la devolución de los ingresos indebidos de oficio o a instancia del interesado", como es el caso. Por supuesto, "siempre y cuando lo pagado sea superior al importe resultante de la autoliquidación", como ocurre con la reclamación del vecino de esta localidad de Tierra de Campos, una cuantía a la que deberán añadirse los intereses de demora de la cantidad cobrada de más en el IBI.
El Procurador del Común insta al Ayuntamiento a enmendar su error en aras de una "correcta actuación administrativa" y a "aprobar las nuevas liquidaciones con las bases corregidas", así como, de forma simultánea, a devolver el IBI mal cobrado en el periodo de 2018 a 2023 y acudir al Catastro para solicitar la información necesaria a tal efecto si no dispone de ella.
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