Estafan 70.000 euros a una empresa zamorana con facturas falsas
El juicio contra los tres acusados, anulado porque faltaba el banco como responsable civil subsidiario

Los acusados, sentados en el banquillo poco antes de la suspensión del juicio. / Alba Prieto
La Audiencia Provincial de Zamora ha anulado el juicio contra tres acusados de estafa e intento de estafa mediante el cobro de facturas falsas a una empresa hortofrutícola de Sanabria, al aceptar la alegación de la acusación particular que entendía que en la vista tenía que estar personado también el banco con el que se realizaron las operaciones como responsable civil subsidiario.
Los tres acusados que se sentaban en el banquillo eran J.M.J.S., J.P.V. y J.J.V., procedentes de distintos puntos de España, como Madrid, Cáceres y Córdoba. Los tres, se supone que conchabados como defiende la tesis del fiscal, lograron colar facturas falsas como si fueran verdaderas a la empresa, objetivo que lograron en tres ocasiones, ya que el dinero fue a parar a sus cuentas particulares. En un cuarto intento, la empresa se percató del engaño y no llegó a pagar la factura.
Los supuestos estafadores tenían una buena información sobre la empresa. Conseguían hacer pasar las facturas falsas como verdaderas, porque se correspondían con proveedores habituales, pero los números de cuenta del ingreso bancario no eran realmente los de los suministradores, sino de los timantes.
De este modo la presunta trama logró cobrar una factura de 10.654 euros, otra de 30.627 y una más de 33.093. Una cuarta factura, de 80.600 euros, no llegó a ser abonada. Una vez descubierto el fraude, los presuntos implicados fueron localizados porque eran los titulares de los números de cuenta a los que iba a parar el dinero estafado.
La fiscalía pide para ellos entre dos y cuatro años de prisión, en un proceso en el que hay un abogado de la acusación particular y otro por cada uno de los acusados. En el caso de uno de ellos, J.J.V., su abogado pidió su inimputabilidad por la enfermedad que padecía en el momento en que sucedieron los hechos, para la que no tomaba la medicación, circunstancia reconocida por el resto de las partes del procedimiento.
Anulación del juicio
Con estos antecedentes todo estaba dispuesto para celebrar el juicio en la Audiencia Provincial. Sin embargo, antes de empezar, en el momento de presentar las cuestiones previas, el abogado de la acusación particular pidió la nulidad del juicio, porque estima necesario que figure también como parte el banco con el que se realizaron las operaciones, al que considera responsable civil subsidiario al no funcionar los sistemas de control y dejarse "colar" las facturas falsas.
En la demanda inicial no se mencionaba a este responsable civil subsidiario, por lo que el juez de Puebla de Sanabria rechazó incluirlo en el auto de apertura de juicio oral, denegando la petición que en este sentido había realizado la acusación particular. Como ese auto de Puebla no era recurrible, el abogado tuvo que presentar su demanda de nulidad para que se incluyera al responsable civil en el momento de presentar las cuestiones previas del juicio de la Audiencia.
Tras un breve receso para deliberar la presidenta del tribunal accedió a la suspensión y acordó remitir de nuevo el asunto al Juzgado de Puebla de Sanabria para un nuevo auto de apertura de juicio oral que incluyera al responsable civil subsidiario. La Audiencia entiende que hay jurisprudencia favorable y contraria a esta interpretación, pero valora el hecho de que todas las partes se mostraron de acuerdo con la petición de nulidad por este motivo.
También incorporaron otro de los elementos previos al juicio, que es la declaración de inimputabilidad de uno de los acusados, ordenando al forense del Juzgado de Puebla que reconociese a esta persona. Su abogado intervino para solicitar que no se realizara este trámite, ya que la situación de enfermedad sin tratamiento había ocurrido en el momento en que se produjeron los hechos, en 2024, mientras que ahora mismo la situación de salud había cambiado, porque toma ya medicación.
Ninguna de las partes puso reparos a esta argumentación, y entiende que efectivamente es cierto que ese acusado puede ser inimputable debido a la enfermedad que padecía.
Ahora, pues, el asunto deberá volver al Juzgado de Puebla para que se abra de nuevo juicio oral por estafa, incluyendo a la entidad bancaria como responsable civil subsidiaria.
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