Queja ante el Consejo General del Poder Judicial
Un juez a un abogado ingresado por ictus: "Envíe las preguntas por escrito"
El letrado pide medidas disciplinarias por posible vulneración del derecho de defensa, imparcialidad y equidad e ir contra el Código Ético
El escrito elevado al órgano de gobierno de los jueces apunta que el Supremo admite la enfermedad grave como causa de suspensión de actos judiciales

El juez Alba Cimarra, actual decano, en una junta con la exdecana y otras magistradas. | L.O.Z. (ARCHIVO)
"Que mande las preguntas por escrito". El ictus que mantenía ingresado a un abogado zamorano desde el 25 de octubre pasado en el Hospital Virgen de la Concha le obligó a solicitar en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Zamora la suspensión de una comparecencia fijada para una fecha en la que aún no había recibidoel alta hospitalaria.
Para su sorpresa y la de su familia, este diagnóstico no resultó una causa suficientemente justificada para el magistrado titular y actual decano, Santiago Alba Cimarra, como para variar la agenda de esa mañana. Una decisión que llevó al abogado zamorano Patricio Cuadra Blanco a presentar una queja ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por posible vulneración de varios derechos de su cliente y de él mismo como profesional.
El primero de esos derechos alude a la tutela judicial efectiva para la persona a la representaba el abogado en la causa judicial que pidió que se pospusiera hasta ser dado de alta por los médicos; el segundo el principio de contradicción, puesto que su ausencia en la comparecencia le privaba de replicar los argumentos expuestos por las partes contrarias a los intereses de su cliente.
Cuadra Blanco apunta en su escrito al órgano de gobierno de los jueces que el magistrado Alba Cimarra habría conculcado el deber de garantizar una defensa técnica adecuada al cliente del abogado impedido por una enfermedad grave, un accidente cerebrovascular, de acudir físicamente a la comparecencia en el Juzgado. Para dar una mayor solidez a sus argumentos, el letrado exponer la jurisprudencia del Tribunal Supremo que "reconoce la enfermedad grave como causa legítima de suspensión". Y no deja de mencionar en su queja la posibilidad de que el juez infringiera "los principios éticos recogidos en el Código Ético Judicial relativos a la prudencia, la humanidad y el respeto a la dignidad profesional".
Medidas disciplinarias
Esta amplia exposición de motivos lleva al perjudicado a solicitar la CGPJ que adopte medidas disciplinarias por todas esas posibles infracciones y por "posible vulneración del principio de imparcialidad y equidad judicial", al obligar a continuar un acto procesal sin que el cliente del abogado enfermo pueda estar debidamente representado, lo que podría considerarse una "falta de equidad".
El magistrado podría haber actuado sin cumplir con el deber de diligencia y respeto a la dignidad profesional del abogado al ignorar una situación médica grave, como un ictus, lo podría estimarse como "una falta de sensibilidad y de profesionalismo".
En cuanto al Código Ético Judicial, la decisión de no suspender la comparecencia podría conculcar los principios de prudencia, humanidad y respeto a las garantías procesales. Todo ello podría ser una infracción grave según la Ley Orgánica del Poder Judicial.
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