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¿Vives de alquiler en Zamora? Es ahora cuando tienes que pedir las ayudas

La Junta abre las subvenciones para arrendamiento de viviendas y ascensores y mejoras de accesibilidad

El delegado territorial de la Junta, Fernando Prada, informa sobre las ayudas al alquiler de vivienda y a la accesibilidad.

El delegado territorial de la Junta, Fernando Prada, informa sobre las ayudas al alquiler de vivienda y a la accesibilidad. / Victor Garrido / LZA

Carlos Gil Andrés

Carlos Gil Andrés

El delegado territorial de la Junta en Zamora, Fernando Prada, ha presentado tanto las ayudas al alquiler de vivienda correspondientes al año 2025 como las subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de viviendas, convocadas por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Las ayudas al alquiler pueden solicitarse hasta el 30 de enero de 2026, a través de la sede electrónica o en cualquier registro administrativo. Estas subvenciones, financiadas por la Junta de Castilla y León, están destinadas a facilitar el acceso a la vivienda en alquiler a jóvenes de hasta 35 años, personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida y al resto de la población con ingresos limitados.

Asimismo, también está abierto el plazo de la convocatoria de subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de viviendas, tanto en el ámbito urbano como rural de la Comunidad de Castilla y León, facilitando la financiación para la realización de actuaciones en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, edificios de viviendas de tipología residencial colectiva interviniendo en sus elementos comunes, y viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva. Las actuaciones objeto de estas ayudas son para ascensores, salvaescaleras o rampas y el plazo finaliza el 31 de diciembre.

Estas ayudas llegan al 50% del presupuesto máximo establecido. Un presupuesto máximo que va desde los 3.000 euros en viviendas dentro de edificios colectivos hasta los 6.000 euros en viviendas unifamiliares.

Ayudas al alquiler de vivienda

Para solicitar la ayuda, en la mayoría de los casos, será suficiente con presentar el contrato de arrendamiento y los justificantes bancarios de pago del alquiler del periodo subvencionable, comprendido entre enero y diciembre de 2025. La documentación adicional podrá recabarse electrónicamente si la persona solicitante autoriza la consulta de sus datos por parte de la Administración.

Como principal novedad, la convocatoria de 2025 incrementa los importes máximos mensuales subvencionables en Zamora. En la capital, el límite general pasa de 500 a 550 euros mensuales, mientras que para familias numerosas de categoría general aumenta de 600 a 700 euros, y para las de categoría especial, personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33% o situaciones de vulnerabilidad sobrevenida, de 700 a 800 euros. En el caso de habitaciones, el límite asciende a 200 euros al mes.

En el resto de los municipios de la provincia, el límite general pasa de 450 a 500 euros, mientras que los importes correspondientes al resto de categorías y a las habitaciones también se incrementan en 50 euros respecto a la anterior convocatoria, alcanzando los 175 euros en este último caso.

La ayuda cubre el 50% de la renta mensual del alquiler de forma general, porcentaje que asciende al 60% para jóvenes de hasta 35 años y al 75% para jóvenes residentes en el medio rural o personas en situación de vulnerabilidad sobrevenida.

Los ingresos de los solicitantes deben situarse entre 0,5 y 3 veces el IPREM (entre 4.200 y 25.200 euros anuales). En el caso de familias numerosas de categoría general o víctimas de terrorismo, el límite se amplía hasta 4 veces el IPREM (33.600 euros), y hasta 5 veces (42.000 euros) para familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado igual o superior.

El año pasado, en la convocatoria anterior, hubo 1.311 solicitudes concedidas y la cuantía total transferida a estas personas llegó a los 2,6 millones de euros.

Causas de exclusión

Es importante revisar bien los requisitos para evitar ver rechazada la solicitud. Por ejemplo, que el alquiler no supere los límites máximos, que tampoco se sea propietario de otra vivienda en titularidad o que esto se justifique debidamente con las excepciones que están recogidas en la normativa. "Y luego hay otra serie de requisitos que a veces pasan desapercibidos, como es el estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Simplemente, el hecho de tener una multa pendiente" puede dar lugar al incumplimiento de los requisitos, por tener una deuda con la administración, indicó Prada. Es necesario estar empadronado en la localidad donde se solicita el alquiler.

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