Sucesos en Zamora
El Supremo ratifica los 40 años de cárcel al industrial de Villaralbo que agredió sexualmente a seis niñas
El Alto Tribunal rechaza todas las alegaciones del condenado por agresiones sexuales continuadas a las menores, amigas de sus hijas
El abogado de la acusación destaca la sentencia "ejemplar, muy bien fundamentada y muy bien trabajada, unámime" que rechaza todas las alegaciones del empresario"

El condenado Pedro F.P. a su llegada a la Audiencia para el juicio. | L.O.Z. (ARCHIVO)
El Tribunal Supremo acaba de confirmar la condena a 40 años y dos meses de prisión para el industrial de Villaralbo, Pedro F.R., por abusar y agredir sexualmente a seis niñas de entre 9 y 11 años, amigas de sus hijas, en una sentencia que desgrana la dictada por la Audiencia de Zamora para ratificar los hechos probados y cada uno de los argumentos jurídicos expuestos por los tres magistrados de Salamanca que formaron sala. El Supremo "deslegitima todos los motivos del recurso, difícil que ocurra al tratarse de abusos y agresiones sexuales a menores, más difíciles de demostrar y porque lo elevada de la pena de cárcel", declara el abogado de la defensa de una de las víctimas, Francisco Fernández Martínez.
El letrado califica la sentencia como "ejemplar, muy bien fundamentada desde el punto de vista jurídico, muy trabajada, contó con el voto positivo de todos los magistrados" de Salamanca para juzgar al pederasta zamorano porque este recusó a los de la Audiencia de Zamora por entender que estaban "contaminados" por haber resuelto los múltiples recursos en el Juzgado de Instrucción.
Las penas por cada delito
La condena castiga la agresión sexual con penetración a dos de las menores, por los que se le impusieron 10 años y medio por cada uno de los delitos; dos delitos continuados de abuso sexual, sin penetración, por los que se piden 5 y 4 años por cada uno; otra agresión sexual continuada con penetración que elevó en otros 5 años la pena de prisión. "Añade medidas importantes" para impedir que Pedro F.R. pueda aproximarse a las víctimas, la prohibición de acercarse a menos de 500 metros ni comunicarse con ellas por ningún medio ni por terceras personas durante 15 años.
El Supremo mantiene los 16 años de prohibición de trabajar, realizar actividades o tener un empleo relacionado con menores; y 10 años de vigilancia policial cuando salga de prisión. Francisco Fernández destaca "el trabajo muy importante del Audiencia por lo muy bien razonada y fundamentada, con unos hechos probados muy delimitados, así como la mecánica de las agresiones", especialmente, porque eran niñas y porque "el condenado es bastante inteligente, actuaba de forma muy calculada".
El testimonio de las niñas: coherente y sin contradicciones
"La coherencia y la falta de contradicciones" en las declaraciones de las seis niñas fue determinante porque "lograron desvirtuar la presunción de inocencia" de Pedro F.P., para lo que también jugó a favor que el juicio se celebrara cuando todas eran ya mayores de edad, añade el abogado de la acusación particular.
El papel de las psicólogas que tratan a las menores y de los peritos judiciales fue fundamental para detallar "los padecimientos y dificultades" que sufren como víctimas de abusos y agresiones sexuales, "el miedo y pánico a una figura como la de este individuo".
Las víctimas describieron el mecanismo que empleaba para cometer los delitos, las fiestas de pijamas y viajes con sus hijas y amigas de estas, "de entre las que elegía a las que le eran más apetecibles para atacarlas sexualmente. Elegía a las más vulnerables por su situación familiar". El letrado aludió a la "acusación que presentó su exesposa por agredir a la hija mayor, caso archivo, pero mencionó en el juicio".
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