Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

sucesos en Zamora

En libertad sin fianza, el autor del tiroteo en el bar Marta de Zamora: ¿por qué?

El Juzgado que investiga el caso impone al acusado comparecer todas las semanas en su oficina para firmar y le retira el pasaporte para evitar su fuga

Los servicios de Limpieza del Ayuntamiento retiran la sangre del acusado del lugar donde los policías le redujeron.

Los servicios de Limpieza del Ayuntamiento retiran la sangre del acusado del lugar donde los policías le redujeron. / JOSE LUIS FERNANDEZ

El acusado del tiroteo en el bar Marta, ocurrido el 11 de mayo de 2024 en la capital, está ya en libertad provisional sin fianza con la obligación de comparecer en el Juzgado número 3 de Zamora todas las semanas para firmar y de entregar su pasaporte, medidas para mantenerle localizado ante lo avanzado del procedimiento, practicadas ya todas las pruebas y ante la posibilidad de que este zamorano de iniciales L. M. H. C. pueda ser declarado inimputable de los delitos que le han mantenido en la prisión de Topas prácticamente un año y medio.

La jueza que dirige la instrucción del caso ha emitido un auto para decretar la inmediata puesta en libertad del acusado ante la posibilidad de que se le imponga una medida de alejamiento del dueño del establecimiento que resultó herido de gravedad por uno de los proyectiles que habría impactado en la cafetera del bar restaurante y, al rebotar, alcanzarle en un costado. Dadas las circunstancias en las que se encontraba L.M.H.C., que había comenzado a beber hacia las 18.00 horas y se encontraba completamente borracho, con una tasa de 2,8 de alcohol en aire aspirado, con lo que tendría afectadas sus capacidades volitivas y cognitivas.

El informe médico forense concluye que cuando disparó su pistola actuaba bajo la influenci de "una intoxicación etílica aguda y que sus capacidades cognitivas y volitivas se encontraban abolidas",lo que podría descartar la pena de prisión con lo que "resulta desproporcionado el mantenimiento de la medida cautelar de prisión provisional" que se adoptó el 14 de mayo, por lo que acuerda otras medidas cautelares que "menos restrictivas a fin de evitar el riesgo de fuga", pero "que garanticen su presencia en el juicio". El acusado tiene obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio y acudir al Juzgado cuando se le llame, que de no cumplir puede conllevar la modificación de la resolución comunicada ayer a última hora.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents