Condena por delito contra la fauna

El furtivo zamorano que mató al ciervo Ramiro no cazará en tres años

El juez alude a «pruebas de peso» para retirar el permiso de armas e imponer una indemnización de 11.500 euros más multa de 2.400 euros

El condenado durante la vista oral en el Juzgado de lo Penal.

El condenado durante la vista oral en el Juzgado de lo Penal. / L.O.Z. (Archivo)

El juez prohíbe cazar durante tres años, pena máxima, al furtivo que mató al ciervo Ramiro, semental de gran calidad genética, en un coto privado, la dehesa de Fontanilla, para llevarse su singular trofeo valorado en 8.000 euros, condenado por un delito contra la fauna. La sentencia del Juzgado de lo Penal impone al condenado, cazador y exmilitar, de iniciales A.N.F., una multa de 2.400 euros y una indemnización al dueño en 11.500 euros, valor del animal y ordena la devolución del trofeo.

La sentencia se refiere, para cimentar la condena, a la existencia de «pruebas de peso» contra el vecino de Fadón. La más contundente, la localización de la cornamenta, sin homologar, colgada en el merendero del furtivo con una placa en la que aparecen su nombre y el de su hijo junto a fotografías en las que mostraba el trofeo con las manos ensangrentadas, junto a un fusil.

Pruebas incontestables

Los informes de la Unidad Central Operativa del Seprona y de un veterinario experto en morfología de cornamenta, huella dactilar de los ciervos, constituyen otras pruebas incontestables ante la total coincidencia de la que aparece en las fotos tomadas del furtivo y las aportadas por el propietario de Ramiro. Por si no fuera suficientemente contundente el que la cornamenta sea la huella de identidad de cada ciervo, «única, exclusiva e irrepetible», la existencia de una «bifurcación en una de las puntas que era inimitable en otro ejemplar» convierte esos indicios en conclusión irrefutable de la autoría del delito contra la fauna cometido por el vecino de Fadón.

El rifle que se le incautó en el merendero de calibre 17 «es apto» para cazar una pieza como el ciervo Ramiro, prosigue el juez sustituto que juzgó al cazador imputado. La destreza de A.N.F. en el manejo de armas como exmilitar refuerza su capacidad para pegar dos tiros certeros en el costillar para atravesar el costillar y el corazón se convierten en indicios concluyentes para el juez a la hora de apuntarle como quien abatió la pieza. Por si fuera poco, en la bodega tenía varios trofeos no homologados junto al de Ramiro.

La negativa de A.N.F. a declarar en el juicio; la proximidad de su casa al coto privado, seis kilómetros que pudo recorrer andando sin ir por caminos públicos; el conocimiento de la ubicación de la dehesa cimentan los hechos probados. El juez relata que el condenado saltó la valla perimetral del recinto, acompañado de una o más personas, en una noche de luna llena y época de berrea para disparar con silenciador al ciervo tras la ronda de las 3.00 horas que realiza cada madrugada el guarda, «hacerse con la cornamenta» y dejar el cuerpo abandonado en la dehesa de Arcillo de Sayago. Contra esta sentencia, el condenado puede interponer un recurso ante la Audiencia de Zamora.

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