Tribunales
Las quiebras individuales saturan el Juzgado de lo Mercantil con máximos históricos en Zamora
La crisis económica incrementa en un 70% los concursos de acreedores de personas físicas que permiten zanjar las deudas y comenzar desde cero
Por cada 30 familias o individuos que demandan la exoneración de su deuda, cinco empresas acuden al Juzgado por haberse arruinado
Más de 200 zamoranos y zamoranas piden la intervención judicial para empezar de cero

Dos personas se dirigen al Juzgado Mercantil de Zamora. / L.O.Z. (Archivo)
Cada vez más zamoranos y zamoranas emprenden acciones judiciales para librarse de las deudas personales, por hipotecas, préstamos u otro tipo de gastos o inversiones, a los que no pueden hacer frente, el porcentaje se ha incrementado en un 70% en los cuatro primeros meses de 2025 respecto del mismo periodo del ejercicio anterior. Esa incapacidad de salir de la maraña económica en la que se ven envueltas en sus hogares trae de cabeza al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 con especialidad en Mercantil, cuya oficina civil está saturada por el continuo aumento de estos concursos de acreedores individuales.
Estas demandas multiplica por seis el número de asuntos que tendría que afrontar la jueza, la Letrada de la Administración de Justicia y la plantilla si solo tuvieran que dar respuesta a las quiebras de empresas zamoranas. La proporción es de 30 demandas individuales por cada cinco de sociedades mercantiles, de acuerdo con la estadística a la que ha podido acceder este diario y que sostiene en el tiempo la tendencia al alza de las quiebras individuales.
200 personas en quiebra
El salto cuantitativo se dio ya en 2023, cuando el Juzgado Mercantil registró un 80% más de esas causas en detrimento de las que afectan a actividades empresariales, de modo que ese año terminó con 66 asuntos de este tipo que contrarrestaban con los 19 que llegaron en 2022 a la oficina de civil para su tramitación. En dos años y cuatro meses, 200 zamoranos y zamoranas han optado por seguir esta alternativa para reiniciar su vida sin lastres económicos, para huir de la asfixia económica por no poder hacerse cargo de hipotecas de viviendas, de créditos y otras deudas gracias a la Ley de Segunda Oportunidad que el Gobierno aprobó en 2015. La reforma emprendida recientemente conllevó la agilización de la tramitación de estas causas.
Esta opción permite al Juzgado exonerar del pago del pasivo, de la deuda, al titular de esas obligaciones para las que no dispone de liquidez, ni de bienes para vender con los que generar ese dinero contante y sonante. Los gastos familiares o individuales deben estar desequilibrados para cumplir el primer requisito para entrar en el procedimiento judicial que concluye con la condonación de todas las deudas, una situación de insolvencia económica en la que debe solicitar su propio concurso de acreedores.
El sistema de resolución funciona igual que para los empresarios, se liquida todo el patrimonio, excepto los bienes inembargables, y con ese dinero se pagan las deudas hasta donde alcance el efectivo. Si esa cantidad obtenida de la venta de sus posesiones no alcanza para quedarse a cero con los acreedores, la jueza de Mercantil puede conceder la exoneración del pago, es decir, se extinguen esas deudas. Si la persona tiene una vivienda hipotecada, por ejemplo, se vende en el concurso de acreedores para hacer frente a ese crédito y, si no fuera suficiente para pagar la totalidad del préstamo, lo que resta podría quedar exonerado.
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