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Absuelto el abuelo zamorano acusado de agresión sexual a su nieta de 7 años

La Audiencia Provincial no considera suficiente el testimonio de la menor, sin más indicios que la apoyen

Audiencia Provincial de Zamora

Audiencia Provincial de Zamora / JOSE LUIS FERNANDEZ

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Carlos Gil Andrés

Carlos Gil Andrés

La Audiencia Provincial de Zamora ha absuelto al abuelo de una menor acusado de agresión sexual continuada contra su nieta desde que esta tenía 7 años hasta los 14, en las temporadas que la niña pasaba en el pueblo, tras analizar el testimonio de la supuesta víctima y no hallarlo convincente ni sustentado en otros indicios.

Fue el 24 de abril de 2021 cuando la menor compareció acompañada de su padre ante la UFAM (Unidad de Familia y Mujer) de guardia de la Jefatura Superior de Policía de Madrid para denunciar que desde que tenía 7 años su abuelo materno abusaba sexualmente de ella.

En concreto, cuando no estaban presentes su madre y su abuela, unas veces en el domicilio de sus abuelos maternos y otras veces en el domicilio de su madre, en una localidad de Zamora, el abuelo iba a su habitación, la besaba en la mejilla, le tocaba en la pierna y la masturbaba.

Así mismo la menor señaló que le masajeaba los pechos y que una vez intentó lamerle el clítoris, pero al empezar ella le dijo que parase. El abuelo le dejaba el teléfono pese a que su madre le había prohibido el uso del terminal, o le hacía regalos "para que se dejase hacer esas cosas" y le decía que no podía contar nada porque "le haría daño y esto le hacía sentirse culpable".

Salen a la luz los hechos

La verbalización de los hechos denunciados se produjo con ocasión de una charla sobre educación sexual que dieron en el colegio en el que cursaba sus estudios, unos dos meses antes a la formalización de la denuncia, ya que fue en ese momento en el que ella fue consciente de que lo que le hacía su abuelo constituía un delito sexual.

En la denuncia afirmó que en ese momento se lo dijo a la psicóloga que daba la charla y a la tutora y previamente se lo dijo a su mejor amigo como un año antes y después a sus padres y a dos amigas.

El tribunal considera que tras el testimonio de la menor puede haber otras motivaciones, como la que explicó la defensa, el deseo de irse a vivir con su padre, más permisivo que la madre en determinados aspectos de la vida cotidiana. También valora el informe psicológico de la forense de Madrid que pone de manifiesto la existencia de problemas psicológicos de la menor previos a la formulación de la denuncia, motivados por manifestaciones autolíticas (autolesiones o intentos de suicidio) en el curso 2014-2015, año 2018 y desde abril de 2020 hasta julio de 2021 y posteriormente a partir de la formulación de la denuncia. "Y no consta que en ninguno de esos casos, hasta el momento de formular la denuncia se manifestara por la niña ningún problema psicológico debido a abusos sexuales por parte de su abuelo".

Así mismo señala una relación conflictiva con el uso de Internet y no descarta la adicción porque afirma que reconoció que estaba a veces hasta 12 horas diarias conectada.

Credibilidad de la declaración de la denunciante debe contar con una presunción de verosimilitud, que no corroboran ningún otro elemento accesorio. Por ejemplo, no se solicitó la declaración de la psicóloga que dio la charla en el colegio y a quien dice la víctima que se lo contó, ni de la tutora o del amigo íntimo a quien dijo que se lo había contado un año antes o las amigas de las que habla en su declaración o exploración ante el Juzgado de Instrucción número 5 y de ninguna de las declaraciones practicadas se extraen datos de carácter objetivo corroboradores.

Tampoco se acreditó la compra por parte del abuelo de regalos o por facilitarle el uso del teléfono o el ordenador, puesto que se hizo referencia a una guitarra y tanto las declaraciones del acusado como de su hija y madre de la niña explicaron las razones.

Así mismo, los hechos en que se basan las acusaciones "parecen hacer referencia a variados y múltiples momentos en los que la abuela y la madre de la menor salían y se quedaban solos el abuelo y la nieta sin tener en cuenta que cuando la familia estaba en el pueblo, en la vivienda estaba también el hermano pequeño, que cuando se produjeron los últimos sucesos tenía suficiente edad como para darse cuenta.

Por otro lado, la narración de los hechos es, "en todas sus declaraciones muy genéricas, sin aportar detalles concretos relativos a los abusos que dice haber padecido. En palabras del informe pericial, se trata de un testimonio indeterminado y que es inconsistente en forma de omisiones".

Todos estos son los elementos que han llevado al tribunal a no poder considerar suficiente el único testimonio de la nieta para condenar por abusos sexuales al abuelo, que se enfrentaba a una petición de pena de cinco años y medio de cárcel.

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