El fin del estado de alarma llega con la posibilidad de consumir en la barra de los locales de hostelería y el ocio nocturno, además de la apertura de piscinas, pero con limitación de aforos, que de forma mayoritaria no podrá superar el 75 por ciento.

El vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, informó de los detalles del plan de medidas de prevención y control frente al COVID-19 aprobado este viernes de forma extraordinaria en Consejo de Gobierno para hacer frente a la nueva situación a partir de la medianoche de este domingo.

Según puso de relieve Igea, una vez finalizado el estado de alarma se hacía “necesario” que la Junta se dotara de “una herramienta normativa” para hacer frente a la crisis del coronavirus que, aunque se encuentra “en su punto más bajo” aún persiste con “casos aislados” en la Comunidad. La intención de esta norma, que se publicará mañana en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) es “ser exhaustivos” y recoger “todos los sectores posibles” para trasladarles las restricciones de la forma “más sencilla posible”.

Sin embargo, y pese a la finalización del estado de alarma, Igea aclaró que este decreto mantiene la política de “prudencia, seguridad y responsabilidad” que ha tenido la Junta a lo largo de todos estos meses, aunque no ocultó que también es momento de comunicar a los ciudadanos “que su esfuerzo ha tenido resultado y ha valido la pena”, ya que los datos de incidencia acumulados a día de hoy son “muy favorables”.

Al margen de las restricciones contempladas, el vicepresidente y portavoz de la Junta recalcó que las principales medidas que no se pueden dejar de lado a partir de ahora siguen pasando por guardar la distancia social, que resulta “el secreto para mantener controlado el virus”, así como el uso generalizado de mascarillas, una norma que queda plasmado a lo largo de todo el decreto.

75% de aforo

De forma generalizada se autoriza la reapertura de todo tipo de servicios y establecimientos con atención al público, pero bajo determinadas medidas de higiene y prevención según los sectores de actividad y limitaciones de aforo que amplían las vigentes hasta el momento. Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público que no formen parte de centros o parques comerciales no podrán superar el 75 por ciento de su aforo total, la misma proporción que deberá guardarse en el caso de que sean locales de varias plantas.

Centros y parques comerciales

En centros y parques comerciales no podrá superarse el 50 por ciento del aforo en sus zonas comunes y recreativas, aunque el aforo de los locales incluidos en cada uno de ellos no podrá superar el 75 por ciento, el mismo aforo previsto para los mercadillos, si bien los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o habilitar nuevos días para su celebración y así compensar estas limitaciones.

Se abren las barras

Será posible consumir en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración, tanto en barra como sentado en mesa, aunque también en este caso el aforo no podrá superar el 75 por ciento, asegurando en todo momento una distancia mínima de 1,5 metros entre clientes o grupo de clientes. Las terrazas limitarán su aforo al 80 por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior según la licencia municipal, también garantizando la distancia de 1,5 metros y una ocupación máxima de 25 personas por mesa o agrupación de mesas.

Ocio nocturno

Ocio nocturno

Se recupera el ocio nocturno después del estado de alarma en el interior de los locales aunque estos no podrán superar un tercio de su capacidad. Lo que no estará habilitada es la pista de baile, donde sí podrán instalarse mesas, pero no podrá destinarse a su uso habitual. Para ello, también se condiciona el volumen de la música, que tendrá que estar limitado a un nivel que permita la conversación a distancia interpersonal de 1,5 metros sin necesidad de elevar la voz.

En lo que a alojamientos se refiere, en el caso de los albergues, por sus especiales características, se permitirá una capacidad máxima del 50 por ciento, mientras que las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos tendrán un máximo de capacidad del 75 por ciento. En el caso de instalaciones deportivas de hoteles y alojamientos turísticos, se aplicarán las medidas establecidas específicamente para estas por cada uno de los responsables.

Cultura

Las bibliotecas prestarán los servicios para actividades de préstamo y devolución de obras, lectura en sala, información bibliográfica y bibliotecaria y préstamo entre centros, así como el resto de actividades ordinarias sin que la ocupación de salas en este caso supere el 50 por ciento del aforo máximo permitido. Los museos y salas de exposiciones podrán desarrollar también su actividad normal, tanto de visitas como de iniciativas propias, pero con un aforo del 75 por ciento para cada una de sus salas, la misma limitación establecida para conferencias, talleres o conciertos.

Monumentos

Los monumentos y otros equipamientos culturales serán accesibles para el público siempre que las visitas no superen el 75 por ciento del aforo permitido y estableciendo las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal. Las visitas de grupos, igual que en los museos, serán de un máximo de hasta 25 personas con las mismas medidas de seguridad.

El mismo aforo máximo se reserva para cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, donde además las butacas deberán estar preasignadas. En el caso de otros recintos cerrados, podrán tener una ocupación máxima de 500 personas si son cerrados y de 1.000 cuando se trate de actividades al aire libre.

Piscinas y playas

En el caso de las piscinas, que en la mayoría de lugares prevén su apertura en los próximos días, incluidas las de comunidades de propietarios, deberá respetarse el límite del 75 por ciento de su capacidad, tanto en lo relativo al acceso como en el vaso, unas limitaciones de las que están exentas las piscinas unifamiliares de uso privado.

En este sentido, el portavoz de la Junta aclaró que el documento también recoge un anexo con recomendaciones sobre la limpieza y desinfección de estos espacios, además de que también hay una normativa específica en el anexo sobre el uso deportivo de las piscinas para entrenamientos. “No hay casi diferencias entre unas y otras”, declaró.

Playas fluviales

En el caso de playas fluviales y de sus instalaciones, se recomienda un uso responsable, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario, y serán los ayuntamientos quienes podrán establecer las limitaciones de acceso y de aforo para asegurar el respeto a las medidas de seguridad, así como la posibilidad de establecer límites en los tiempos de permanencia para así controlar el aforo. A la hora de calcular el aforo máximo permitido, se considerará que la superficie del espacio que podrá ocupar cada usuario será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.Zonas deportivas

Los parques infantiles, zonas deportivas y zonas de ‘skate’ o similares podrán abrirse al público aunque con las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal y las medidas de higiene y prevención recomendadas. También se mantiene la actividad en las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre con un aforo máximo del 75 por ciento.

Casas de apuestas

Casas de apuestas

Recuperan su actividad los casinos de juego, las salas de bingo y las casas de apuestas, en este caso con dos tercios del aforo permitido. Tanto en el caso de espacios cerrados como al aire libre, excepto que se tenga una autorización expresa, no se permite la organización o celebración, incluso de forma espontánea, de cualquier actividad lúdica, recreativa o similar que pueda suponer concentraciones multitudinarias de personas en las que no sea posible mantener la distancia interpersonal de seguridad.

Según aclaró el propio Igea, estas medidas, que verán la luz de forma más detallada este sábado en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) se revisarán semanalmente en función de la evolución de la situación sanitaria, de manera que las propuestas adicionales o complementarias que sean necesarias se recogerán en esta norma.