La Audiencia de Barcelona ha desestimado la petición del expresidente del Palau de la Música, Félix Millet, y del que fuera tesorero de CDC, Daniel Osàcar, de suspender su entrada en prisión, que deberá ser efectiva antes del próximo día 25 de junio. Los dos condenados por el saqueo de la entidad cultural y el desvío de fondos a Convergència presentaron recurso contra la decisión del tribunal sentenciador de que entraran en la cárcel para cumplir la condena impuesta. Tanto Millet, condenado a nueve años y ocho meses de prisión y que ha pedido el indulto, como Osàcar, al que se le impuso tres años y seis meses, argumentaron motivos de salud, aunque el segundo también alegó la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional.

La resolución sostiene que los informes médicos de Millet "no revelan" que este padezca una enfermedad grave "con padecimientos incurables", un concepto " distinto a enfermedades crónicas que de por sí no tienen curación". Según los magistrados, estos informe tampoco acreditan que las dolencias de las que está aquejado "comporten un riesgo vital", a la vez que recuerda que el expresidente del Palau no está ingresado en ningún centro hospitalario, ni en un gertíatrico, siendo que en su domicilio donde recibe el tratamiento.

La providencia precisa que esto no es óbice para que "se tramite tras su ingreso en prisión los mecanismos legales del sistema penitenciario, derivados de su edad y dolencias", siendo competencia del juzgado de vigilancia penitenciaria la concesión de la libertad si reuniere. Los mismos argumentos se esgrimen para denegar la suspensión de la ejecución de la condena por razones de salud para Osàcar y concreta que su recurso ante el Constitucional tampoco es motivo para ingresar en un centro penitenciario.

Responsabilidad civil

En el caso de Millet, subraya la sala que ha sido condenado a pagar 23 millones de euros a la Fundación Palau de la Música y al Consorcio del Palau de la Música -que agrupa a las administraciones que nutren de fondos públicos a la entidad cultural-, así como otros 677.904 euros a Hacienda.

Sin embargo, recalca el tribunal, las cantidades consignadas por los acusados para pagar la responsabilidad civil fijada y las derivadas de la venta de varios bienes inmuebles propiedad de Millet "ni siquiera ascienden al 20%" de las indemnizaciones que se deberían abonar por el desfalco. Y resulta que ha sido condenado por cuatro delitos por hechos de "carácter grave" y vinculados a la "corrupción política".