Acudir al puesto de trabajo es uno de los pocos motivos permitidos por el Gobierno para que el ciudadano pueda circular durante este estado de alarma. Para que el ciudadano pueda acudir a su puesto de trabajo y no ser multado, o pasar un mal momento en el caso de ser parado por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se ha puesto a disposición de las empresas un documento que certifica el desplazamiento del trabajador. En principio, en este estado de alarma en España, no se exige que las personas deban de llevar un certificado, justificante o autorización que lo acredite, aunque si resulta recomendable, lo que evitará problemas y excusas.

En lo tocante a los trabajadores autónomos, la recomendación es llevar encima algún tipo de documento acreditativo, como puede ser el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Cualquier otro escenario supone jugarse una sanción, a pesar de que realmente se esté acudiendo al puesto de trabajo.