La sentencia de la Audiencia Provincial no se pronuncia sobre la obligación de derribar el inmueble construido ilegalmente, al que inicialmente se concedió licencia, aunque en un segundo momento se le anuló. Los magistrados entienden que en la pareja promotora no existe el dolo que requiere el delito de prevaricación, pese a que él es constructor de profesión y contrataron a un arquitecto superior para redactar el proyecto y conseguir la licencia urbanística. Sin embargo, entienden que el alcalde, Roberto Cisneros, conocía los dos informes de la Diputación desfavorables a la licencia, así como la opinión contraria del secretario, que le llevó el documento al bar que regenta y lo firmó.

"Decidió conceder la licencia confiando en que si luego no era legal se pudiera anular o paralizar la obra. Es decir, concedió licencia a sabiendas de su injusticia". Se da la circunstancia de que Cisneros no sólo no tiene amistad con los promotores, sino que había tenido un problema con él, constructor, a cuenta de los pagos con una obra. Por tanto defendió que su único fin fue favorecer el asentamiento de negocios y población en la localidad, con una construcción que está en la misma situación que "la mitad de las naves del pueblo".