La Audiencia Provincial de Zamora ha absuelto a N.A.R.S. de un delito de agresión sexual del que había sido acusado por una mujer, M.C.R.R., con quien mantenía una relación sentimental.

En el juicio las versiones de acusado y víctima coincidieron en que mantenían una relación sentimental y se habían acostado en otras ocasiones, mientras que el día en que sucedieron los hechos ambos se citaron para hablar en el piso de él. A partir de ahí diferían las versiones, ya que mientras el hombre indicó que ese día mantuvieron relaciones sexuales consentidas la mujer indica que fueron en contra de su voluntad, cuando el varón le arrastró hasta la habitación, le bajó los pantalones y la penetró, hasta que ella dejó de oponer resistencia.

Los magistrados consideran que el testimonio del hombre ha sido bastante coherente durante todo el proceso. En cambio el de la mujer no ofrece la suficiente contundencia como para desvirtuar la presunción de inocencia. En primer lugar, porque después de la supuesta agresión sexual, la mujer se quedó en el piso con el hombre, éste la llevó después hasta las proximidades de su domicilio, se despidieron con un beso y se siguieron mandando mensajes amorosos por WhastApp.

Existe otro dato, la llamada que la mujer hace a una amiga, L., con quien queda al día siguiente de los hechos para hablar y donde se entera de que el hombre mantiene a la vez una relación con ella. De hecho actualmente ambos son pareja. Según la versión de la denunciante en ese encuentro le cuenta la agresión sexual, mientras que según dice la amiga, lo que hizo fue preguntarle si mantenía una relación con el mismo hombre. Y un tercer momento es el de la denuncia, cuya tardanza explica la denunciante en el hecho de que fue un amigo al que había contado lo sucedido, el que le abrió los ojos sobre que se trataba de una agresión, al haber forzado las relaciones sexuales sin su consentimiento. Tras la denuncia en el reconocimiento médico no encuentra señales de agresión sexual alguna y la perito forense detecta en la víctima, "un relato incongruente, pues dice que las relaciones no son consentidas y sin embargo es ella quien se baja la ropa, no habiendo en relación con los hechos amenaza alguna del acusado ni tampoco violencia alguna durante todo el proceso. Por otro lado la denunciante no le daba importancia a lo pasado, no presentaba labilidad (alteración) emocional y estaba tranquila al relatar los hechos".

Por tanto, los magistrados no encuentran suficientes argumentos para condenar al hombre a seis años de prisión.