Sacyl deberá pagar una indemnización de 280.000 euros a un paciente operado de un pólipo intestinal que al final se demostró que no era cáncer, pero que derivó en complicaciones que le produjeron un grado de discapacidad del 76% tras apreciar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que hubo mala praxis médica en este caso.

Aunque la sentencia definitiva se dictó el pasado año, 2019, el asunto arranca de mucho más atrás. Todo comenzó en febrero de 2013, cuando su médica de Atención Primaria descubre una alteración de metabolismo en el paciente del Fe y CEA (que es un marcador tumoral) y lo remite al servicio de Digestivo. El paciente llevaba hasta entonces una vida completamente normal, trabajaba por cuenta propia y estaba próximo a la edad de jubilación.

En Digestivo se le hacen pruebas, entre ellas una gastroscopia que detecta un pólipo bulbar que se biopsia. El informe de Anatomía Patológica habla de la existencia de un "tumor neuroendocrino" grado 2, por lo que en julio es intervenido quirúrgicamente por una tumoración en la primera porción duodenal, reconstruida con la técnica conocida como Bilrroth I. Un segundo estudio anatomopatológico realizado tras la operación no encontró afectación tumoral.

Al mes siguiente el paciente relata molestias cuando acude a revisión: digestiones pesadas, expulsiones de gases vía oral, tos y sensación de reflujo. El malestar sigue en aumento, tiene vómitos frecuentes y en septiembre acude a urgencias. En octubre se le hace un tránsito intestinal y se le ingresa en Cirugía.

El paciente empeora, tiene dificultad para caminar, pérdida de equilibrio, somnolencia, pérdida de memoria a corto plazo, gran confusión, pérdida de reflejos, hipo y problemas de visión. Al enfermo se le remite al servicio de Otorrino, se le hace una resonancia y acaba con una interconsulta en el servicio de Neurología. La neuróloga, ante el diagnóstico de encefalopatía más ataxia (falta de control muscular) pregunta por los niveles de vitamina B12, que no habían sido analizados.

De inmediato se comienza el tratamiento con tiamina, lo que no evita un shock hipovolémico por deshidratación que lleva al paciente a la UCI. Trasladado a un hospital de otra provincia donde reside el paciente se da con el diagnóstico definitivo, secuelas de antroduodenectomía parcial. Enfermedad de Wernicke-Korsakoff". Son dos enfermedades diferentes, aunque habitualmente concurren juntas, que causan daños en diferentes zonas del cerebro.

Lo que había ocurrido es que tras la cirugía inicial, el paciente no absorbía bien los nutrientes, lo que se provocó el daño como consecuencia de la falta de vitamina B1. Cuando se le administra esta vitamina (tiamina) ya era demasiado tarde para evitar el daño.

La familia llevó el caso a los tribunales, primero por vía penal, aunque no logró su objetivo y más tarde por la vía contencioso administrativa, por mediación de la esposa, que es actualmente la tutora legal de la víctima del error médico.

El abogado de la familia, David Ángel Hernández Bernal, reclama en la demanda judicial que se indemnice al paciente porque se realizó una intervención quirúrgica en base a un diagnóstico equivocado, ya que se le operó el estómago sin que hubiera cáncer y posteriormente como consecuencia de la operación desarrolló un síndrome de Wernicke Korsakoff del que fue diagnosticado tardíamente y que le ocasionó unos daños cerebrales irreversibles, que lo dejaron con una gran discapacidad.

Sin embargo el tribunal considera que la primera actuación médica fue correcta: ante la alteración del metabolismo detectada estaba indicado remitir al paciente al servicio de Digestivo, donde le encuentran un pólipo bulbar. Y con los elementos de juicio que tenían los doctores en ese momento lo correcto fue hacer lo que se hizo, la intervención quirúrgica. "Ciertamente el estudio anataomopatológico posterior (a la operación) no corrobora la sospecha inicial (de cáncer) y se descarta una afectación tumoral, pero ello no significa, a falta de otras pruebas, que haya habido una mala actuación médica". Otra cosa es el retraso en el diagnóstico de la encefalopatía de Wernicke y la demencia de Korsakoff, causantes de los daños cerebrales. La encefalopatía de Wernicke deriva de un déficit prolongado de tiamina y ese déficit es el que causa los daños cerebrales. La tiamina es una vitamina B1 que ayuda a las células del organismo a convertir los carbohidratos en energía y su papel es el de suministrar esa energía fundamentalmente al cerebro y el sistema nervioso.

Según razona el tribunal, la sintomatología que presentaba el paciente debió hacer sospechar que se estaba produciendo un síndrome de Wernice-Korsakof, sobre todo cuando el paciente empeoraba a ojos vista. "Debió procederse a realizar una detallada exploración neurológica especializada y ello hubiese permitido detectar el cuadro de carencias e iniciar el tratamiento. Pero no se hizo ni se buscó otra explicación para los síntomas". Por lo tanto "no es que se haya hecho un diagnóstico erróneo y, en consecuencia, se pautase un tratamiento incorrecto, sino que lo que ha habido ha sido una pasividad por parte de los servicios médicos ante un paciente ingresado, con notable pérdida de peso, con vómitos y otra sintomatología (mareos, inestabilidad con sensación de giro de objetos, limitación para la marcha, dificultad para mantener la atención, movimientos involuntarios de los ojos, parálisis binocular de la mirada a derecha e izquierda, etcétera) y que visiblemente va empeorando". Y debió llamar la atención sus continuas visitas a urgencias con vómitos y la pérdida de 18 kilos de peso.

En conclusión, los síntomas junto con la existencia de una operación de estómago debían haber llevado a pensar más rápidamente en un problema con la vitamina B. "Hasta tal punto es así que la neuróloga inmediatamente sospecha que se había producido este síndrome y pregunta por los niveles de vitamina B12 y es a partir de ese momento cuando se suministra la vitamina"

Por tanto, concluye el tribunal, "consideramos que se ha producido una infracción de la lex artis por no detectar cuando se pudo y debió hacerse el síndrome de Wernicke Korsakoff" y como consecuencia de ello se produjo el daño que debe ser indemnizado. La indemización recoge 235.776 euros por las secuelas y otras cantidades por hospitalización, adaptacion de la vivienda e intereses, hasta 280.000 euros.