UGT ha puesto en marcha una campaña de información y reclamación "para restituir un derecho, que afecta a pensionistas que en su día trabajaron a tiempo parcial, y que han visto reducida su pensión como consecuencia de que les aplicaron un coeficiente reductor (coeficiente de parcialidad) a la hora de calcular la cuantía de su prestación. Un coeficiente declarado nulo por la sentencia del Tribunal Constitucional del 3 de julio de 2019".

El secretario provincial de UGT, Ángel del Carmen, aseguró ayer que esta sentencia se queda corta y limita su aplicación solo a las nuevas pensiones, desde el 12 de agosto de 2019 (fecha de publicación de la sentencia), negando el carácter retroactivo de este derecho, en contra de lo que dicta el Tribunal de Justicia de la UE, en una sentencia anterior. Una doctrina, que "debe prevalecer sobre lo que digan los tribunales nacionales, incluido el Tribunal Constitucional español". Esto afectaría a entre 400 y 500 personas en la provincia de Zamora, según los cálculos que hacen desde UGT.

Por eso, siempre a juicio de UGT, "se deben revisar, a demanda de los beneficiarios, también las pensiones anteriores a la sentencia del TC. El sindicato ofrece sus servicios jurídicos para que puedan reclamar todos los pensionistas afectados por el coeficiente de parcialidad, que ha reducido la cuantía de sus prestaciones. El sindicato exige también que se recalcule la pensión sin el coeficiente de parcialidad para toda la vida del pensionista porque la Seguridad Social no lo va a hacer de oficio.

Según datos oficiales, casi un 23% de pensionistas han cotizado en alguna ocasión por trabajar a tiempo parcial y se estima que la sentencia del TC, que solo se aplica a las nuevas pensiones, puede suponer 268 millones de euros por año.

"Considerando el carácter retroactivo, que defiende el TJUE y nuestro sindicato, y teniendo en cuenta que según la EPA cada año se jubilan 120.000 personas que han trabajado a tiempo parcial, se estima que pueden ser potenciales beneficiarios de este derecho unos 480.000 pensionistas en 4 años. Pensionistas que tendrían derecho a cobrar lo que han dejado de percibir por el coeficiente de parcialidad y a que se actualicen sus pensiones", indican las cuentas realizadas por el colectivo.

La sentencia del TC declara nulo, por ser discriminatorio, el coeficiente de parcialidad para el cálculo de la pensión, debido a que las mujeres trabajadoras son mayoría en el empleo a tiempo parcial. "La razón de la inconstitucionalidad se vincula a una discriminación indirecta por razón de sexo. Lo que se cuestiona realmente es la brecha de género en pensiones, en este caso, de jubilación, que perjudica a la mujer, más si trabaja a tiempo parcial (una discriminación múltiple)". Sin embargo, la sentencia del TC, no cuestiona la brecha salarial que tanta incidencia tiene también en la brecha de pensiones. Sólo considera inconstitucional la forma de calcular el periodo cotizado.