Desde tiempos pretéritos, señalar con el dedo siempre ha sido considerado como un gesto de mala educación. Bien lo saben sobre todo las personas con discapacidad intelectual, discriminadas a lo largo de la historia y privadas de su derecho a voto por decisión judicial hasta hace tan solo unos meses.

Coincidiendo con el cuarenta aniversario de la Constitución, el pasado 6 de diciembre el Boletín Oficial del Estado publicaba la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral (Loreg) por la que se reconocía el derecho a voto a más de 100.000 personas con discapacidad intelectual, unas 843 en Zamora, a las cuales se les había incapacitado históricamente por orden judicial para impedir ejercer su derecho al sufragio.

La reforma, reclamada desde hace quince años por el Comité Español de representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y otros colectivos, había sido aplaudida por los afectados ya que permitirá votar por primera vez a todos, sin exclusión, en las próximas elecciones generales del 28 de abril y en los posteriores comicios municipales, autonómicos y europeos del 26 de mayo. La medida significaba un paso más en el camino de la plena inclusión, sin embargo, la polémica llegaba en las últimas horas cuando la Junta Electoral Central (JEC) anunciaba que permitirá a los interventores y apoderados de los partidos que se encuentren en las mesas electorales "apuntar" el DNI de las personas con discapacidad que consideren que no están ejerciendo su derecho al voto de forma "consciente, libre y voluntaria".

Un paso atrás, a juicio de distintos colectivos como Plena Inclusión, que vuelve a discriminar a las personas con discapacidad intelectual pese a estar incluidas en el censo electoral. En este sentido, el texto de la Junta Electoral Central recogido por la agencia Europa Press explica que las mesas "deberán admitir el voto de cualquier persona con aparente discapacidad que se encuentre inscrita en el censo electoral correspondiente a dicha mesa" y que esas personas "podrán valerse de alguien que los acompañe, o de algún medio material para trasladar los sobres electorales" a la urna. El "pero" viene a continuación. En el mismo escrito se puntualiza que si alguno de los miembros de la mesa estima que el voto de una persona con discapacidad "no es ejercido de forma consciente, libre y voluntaria", lo podrá hacer constar en el acta de la sesión.

"En esa manifestación de constancia, el acta identificará al elector únicamente por el número de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, por el documento identificativo que aporte", detalla el organismo en su instrucción. Eso sí, subraya que, aunque esta situación se dé, en ningún caso "se impedirá que el voto sea introducido en la urna".

Desde Plena Inclusión, la confederación que agrupa a 900 entidades, califican como "arbitraria" una decisión que vulnera la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas, puesto que "permite sospechar a interventores y apoderados sobre la manipulación de la voluntad de las personas con discapacidad en la decisión de votar, pero no del resto de los votantes". "No podemos aceptar directrices que generan sombra de dudas (...) y que emergen el estigma y la discriminación que sigue operando en nuestra sociedad", lamenta su director Enrique Galván.