Cientos de madres zamoranas han empezado a cobrar la devolución de parte de la prestación por maternidad generada entre los años 2014 y 2017, la parte que fue a parar a Hacienda en concepto de IRPF y que ahora se ha considerado exenta de cotización. Una farragosa situación que se traduce en que Hacienda debe devolver parte de las cerca de cuatro mil prestaciones por maternidad abonadas entre esos ejercicios. No son exactamente cuatro mil mujeres porque algunas de ellas han tenido varios hijos en ese periodo y tendrán derecho a la devolución del IRPF en tantas prestaciones como hayan percibido.

La situación se ha agilizado en los últimos días. En diciembre se abrió el plazo para las solicitudes de las madres afectadas por haber dado a luz entre los años 2014 y 2015. La avalancha de peticiones fue tal que desbordó las previsiones del ministerio fiscal y atrasó las devoluciones. Hacienda empezó a trabajar, indica la agencia Efe, por las prestaciones más sencillas -las que se habían generado en un solo ejercicio y no a caballo entre los dos-. Sin embargo, solicitudes hechas en Navidad ya han recibido contestación positiva, lo que indica que el atasco ha pasado a mejor vida.

La situación se deriva de la decisión del Tribunal Supremo sobre las prestaciones por maternidad, que indica que están exentas de tributar por el IRPF en contra del criterio que hasta entonces había mantenido la Agencia Tributaria. La devolución todavía la pueden solicitar todas las personas que incluyeron la prestación por maternidad en las declaraciones de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017. Los ejercicios anteriores han prescrito al haber pasado más de cuatro años desde que se hizo pública la sentencia del Tribunal Supremo. Los que hayan recibido la prestación por maternidad en 2018 pero antes de la sentencia del Supremo no tienen que realizar ningún trámite en particular ya que la declaración de la renta, que se presenta este año, ya incorporará la prestación como renta exenta y las retenciones soportadas serán deducibles.

Aunque la norma del IRPF habla de prestaciones por maternidad no solo las madres pueden iniciar las reclamaciones. También pueden reclamar los padres que la hayan recibido, aunque cuando el padre disfruta del periodo cedido por la madre la prestación que él recibe sigue siendo por maternidad.

Hacienda ha habilitado un formulario específico disponible en la web de la Agencia Tributaria. Solo hay que indicar el año o años en los que se ha percibido la ayuda y el número de cuenta bancaria donde se abonará la devolución. La presentación se puede realizar por medios telemáticos o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.