El sindicato UGT interpreta que también podría reclamarse la devolución del IRPF por la prestación de paternidad. UGT calcula que en torno al 16% del importe de las prestaciones de la Seguridad Social abonadas por maternidad es reintegrado a Hacienda a través del IRPF. El sindicato considera que la sentencia del Supremo avala la posición de UGT desde 2016 en esta materia, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid abrió la puerta a reclamar la devolución de este impuesto.

Además, UGT señala que, en contra del criterio interpretativo de Hacienda, que ha mantenido la obligación de tributación al considerar las prestaciones de la Seguridad Social por maternidad como rendimientos de trabajo no exentas, el TSJ de Madrid, y ahora el Tribunal Supremo, entienden, por el contrario, "que la interpretación que debe hacerse del artículo 7 de la ley del IRPF es el de que la prestación de maternidad se encuentra dentro del ámbito de la exención general de esta disposición".

Cabe señalar que los plazos de prescripción están establecidos en cuatro años en este supuesto, por lo que las mujeres que fueron madres antes de 2014 no podrán reclamar.