El Reglamento del Dominio Público Hidráulico parte de una normativa europea y es de aplicación para toda España desde diciembre de 2016. Por eso, no es de extrañar que decenas de ayuntamientos a lo largo y ancho del país hayan pedido una mayor laxitud al Gobierno y hayan tomado medidas para protegerse frente a un texto tan estricto que merma sobremanera la capacidad de acción y reacción de los consistorios. Solo en la Comunidad Valenciana hay 299 municipios afectados por la norma y muchos de ellos se han unido para buscar soluciones. En el Ayuntamiento de Écija, tal y como dio a conocer el Partido Popular, se ha aprobado una instrucción en la que se cuestionan las cotas y la planimetría y se elabora un plan de acción para acatar esta norma. Medidas que, por ahora, aún no han llegado a la provincia de Zamora.

La normativa que ha levantado ampollas en la capital zamorana y ha enfrentado a los diferentes partidos políticos tiene consecuencias más allá de los límites de la capital. Y es que la rectitud del nuevo reglamento llega hasta la producción ganadera de la provincia, tal y como se establece en el artículo 9 del citado texto publicado en el Boletín Oficial del Estado en diciembre de 2016. Allí, entre la inmensa batería de prohibiciones sobre nuevas instalaciones en suelo rural de flujo preferente del agua se encuentra la limitación a la colocación de granjas y criaderos de animales que deban estar incluidos en el registro de explotaciones ganaderas y que se encuentren situados en espacios con alto riesgo.

Ahora bien, la norma también incluye que, "excepcionalmente", se permitirá la construcción de edificaciones destinadas a usos agrícolas con una superficie máxima de cuarenta metros cuadrados. Todo ello siempre y cuando no represente un aumento de la vulnerabilidad de la seguridad de las personas o bienes frente a las avenidas del correspondiente río.