Una zamorana diagnosticada de fibromialgia ha conseguido que el Juzgado de lo Social número 2 de Zamora reconozca la limitación absoluta de su dolencia para desempeñar cualquier tipo de trabajo de forma "regular, eficaz y con rendimiento" y, por tanto, su derecho a jubilarse y cobrar una pensión, al concederle la incapacidad permanente absoluta. La magistrada subraya "el menoscabo de la capacidad laboral" que desencadena la enfermedad y que "no permite cumplir a la demandante con las exigencias de una actividad productiva".

La sentencia, pionera en la provincia, obliga a la Administración a abonar a la mujer, limpiadora de profesión, una pensión del cien por cien de la base reguladora de la nómina, catorce pagas al año, según la información facilitada a LA OPINIÓN-EL CORREO DE ZAMORA por el bufete de abogados Nafría Asociados, "satisfecho" por un fallo que abre el camino para que otros pacientes puedan jubilarse frente al criterio cerrado de la Seguridad Social. "Es una buena noticia para los afectados por esta enfermedad" que hasta ahora no lograban una jubilación total a pesar de que la dolencia les incapacita para rendir en cualquier actividad laboral, agregan los abogados.

Y es que han logrado que sus argumentos hayan prevalecido ante la juez frente a lo que argüía el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería de la Seguridad Social para denegar la jubilación total, consideraciones que la juez califica como "planteamientos o formulaciones meramente teóricas", dados los efectos físicos y psicológicos derivados de la enfermedad que reducen al máximo el rendimiento laboral. La sentencia indica que tales las argumentaciones de la Administración están, pues, "alejadas de la realidad del mercado de trabajo".

Los distintos informes clínicos que aporta la convaleciente llegan a contabilizar más de una veintena de dolencias que conducen a la magistrada a afirmar sin lugar a dudas que la Administración debe concederle la incapacidad permanente absoluta, frente a la denegación acordada por el INSS y por la Tesorería de la Seguridad Social, que solo reconoció una incapacidad permanente temporal.

La magistrada se refiere a tales "padecimientos" como una "realidad objetiva que, por su trascendencia", lleva a concluir que "la situación que generan" en la trabajadora es "incompatible con el desempeño de cualquier profesión u oficio" de una manera "regular, eficaz y con rendimiento". Es decir, el estado psicológico de la enferma, con cuadros ansioso-depresivos, además de las diversas y variadas dolencias de carácter físico que padece le impiden cubrir cualquier puesto de trabajo.

El fallo se produce después de que la trabajadora recurrieran la decisión del INSS y de la Tesorería de la Seguridad Social solo reconociera a la trabajadora la incapacidad permanente temporal, que conlleva una jubilación parcial, con derecho cobrar el 50% del salario, y que permite acceder a un empleo diferente al de la limpieza. La Administración, que puede recurrir este fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, estimaba que las diferentes dolencias que conforman el cuadro clínico de esta trabajadora no la impedían desarrollar otra actividad, que la limitaban solo continuar en el mismo puesto de trabajo.

Inhabilitación

Para la juez, sin embargo, no cabe la menor duda del grave alcance de la fibromialgia que padece esta zamorana, con el consiguiente deterioro de su salud que le "inhabilita por completo para toda profesión u oficio".

La enferma inició los trámites para solicitar la incapacidad laboral en hace ya dos años, el dos de julio de 2016, tras someterse a diferentes y numerosas pruebas médicas para determinar que las diversas dolencias que padece conforman el diagnóstico e fibromialgia. En octubre de 2017, el médico que evaluó la incapacidad laboral concluía que la trabajadora "presentaba una limitación para tareas en ambientes con sustancias irritantes y limitada para tareas de muy elevados requerimientos físicos y de elevadas exigencias de estrés psicosocial", según recoge la sentencia.

En ese mismo mes, se inicia de oficio el expediente de incapacidad permanente y en noviembre la Dirección provincial del INSS reconoce a la empleada la incapacidad permanente temporal total para la profesión de limpiadora, que decidió recurrir la resolución en diciembre de ese mismo año.

El abogado destaca la importancia de una sentencia que echa por tierra la postura de la Seguridad Social, "que viene siendo de no reconocer esta enfermedad como tal, lo que genera un problema de prueba difícil porque es preciso acudir a muchos especialistas para conseguir el diagnóstico", puesto que esta dolencia va acompañada de diversas patologías.