Cuando la pareja rompió su relación, a él le tocó el perro, que figuraba a nombre de ella tras comprarlo en 2014. El hombre decidió regularizar la documentación que acredita la titularidad del can, por lo que, en 2016, efectuó el cambio. El problema se le planteó cuando su excompañera sentimental decidió denunciarle porque está segura de que falsificó su firma para modificar la titularidad. La Fiscalía Provincial considera que el hombre cometió un delito de falsificación de documento, por lo que pidió al Juzgado de lo Penal que le condene a 9 meses de prisión y una multa de 2.700 euros ante las pruebas existentes.

El procesado negó haber simulado la firma de la mujer, que tampoco pudo confirmar al cien por cien el perito, quien concluye tras analizar los trazos de las firmas de acusado y denunciante que las similitudes que pudiera haber no deben tenerse en cuenta a la hora de afirmar con rotundidad que la rúbrica la efectuó el actual dueño del perro.

El abogado del imputado solicitó su absolución, puesto que la Ley exige como condición indispensable para imponer cárcel la certeza y esta, a decir del perito, no la hay. Por tanto, ante las dudas, el letrado solicitó a la magistrada del Juzgado de lo Penal la exculpación de su cliente.

La denunciante reiteró en la vista oral que la firma que aparece en el nuevo documento como suya no fue trazada por ella y que su expareja fue quien imitó su letra para conseguir la titularidad del perro, que ella entregó voluntariamente al acusado, una vez pusieron a su relación sentimental, según quedó probado durante el interrogatorio a ambas partes.

El procesado adujo, durante su declaración en el juicio, que esa supuesta falsificación no le no proporcionaba ningún beneficio y que, en todo caso, lo que asumió al quedarse con el perro fueron cargas económicas, puesto que precisa de cuidados que conllevan gastos que asume en solitario.