Pablo Llarena Conde, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, defendió ayer el Teatro Liceo de Salamanca la vigencia de las pruebas obtenidas por Hervé Falciani, informático suizo extrabajador del banco HSBC, para encausar a los contribuyentes españoles con cuentas opacas en Suiza. Lo hizo en el marco de las jornadas sobre delito económico y blanqueo de capitales de las empresas organizadas por Tormes Motor, que contaron con representantes de algunos de los máximos exponentes de la judicatura española y castellanoleonesa.

Llanera se apoyó en las sentencias del Tribunal Supremo sobre el caso particular de Sixto Delgado de la Coba, a quien se le descubrieron siete millones de euros en Suiza gracias a los documentos que fueron adquiridos por Falciani.

El magistrado del Tribunal Supremo recordó el recurso presentado por los abogados de Delgado de la Coba en el que se exigía la nulidad de la pena al haberse obtenido la prueba fundamental, la denominada "Lista Falciani", de una manera ilegal por parte de una persona que no debería haber tenido acceso a esos datos. Además, se puntualizaba que los datos analizados por la Justicia española, cedidos por Francia, no eran los originales.

Llanera recordó que, para empezar, "nuestra jurisprudencia siempre ha reflejado que los tribunales no tienen obligación de analizar la regularidad de las actuaciones policiales en el extranjero", como ha sucedido en este caso. Además la "Lista Falciani", aunque obtenida por unos métodos ilegales, se elaboró fuera del proceso judicial en cuestión. Si la prueba ilícitamente obtenida se halla fuera del seno del proceso judicial no hay ilegalidad, vino a resumir Llanera.

Eso sí, el magistrado, ahora parte de todos los informativos por el denominado "procés" catalán, abogó por reformar y apuntalar los criterios por los que desestimar este tipo de pruebas, todo para, dijo, reforzar la jurisprudencia española en estos aspectos.

El magistrado del Tribunal Supremo español hizo, por lo demás, un detallado recorrido por los supuestos en los que, tanto en la legislación española como en la norteamericana, tomada como referencia en muchos de estos aspectos, piden anular las pruebas que han sido recogidas de forma ilícita. En Estados Unidos, puntualizó Llanera, todas las medidas de protección a favor de los acusados se han desarrollado para evitar que los cuerpos policiales y los involucrados en cualquier proceso penal lleven a cabo medidas de investigación que menoscaben los derechos de los encausados. Hay, sin embargo, supuestos tanto en España como en Estados Unidos en los que estas pruebas, aunque "ilícitamente obtenidas", son consideradas válidas.

Llarena hizo estas declaraciones en el marco de las II Jornadas sobre Delitos Económicos y Responsabilidad Penal de las empresas, organizadas por Tormes Motor en el Teatro Liceo de Salamanca y que fueron presentadas por José Luis Fernández Álvarez, presidente de la empresa. Participaron también Antonio del Moral García, magistrado de la sala segunda de lo Penal del Tribunal Supremo; Enrique López y López, magistrado de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, Alejandro Abascal Junquera, exmagistrado de la Audiencia Nacional y magistrado del Juzgado Penal número 15 de Madrid; Antonio del Moral García, magistrado de la Sala Segunda de lo Penal del Supremo; y Javier Gustavo Fernández Teruelo, catedrático de la Universidad de Oviedo.