El proyecto de ley en el que trabaja el Gobierno, al que ha tenido acceso este diario, apunta textualmente que "no se producirá la sujeción al impuesto en las transmisiones de terrenos respecto de las cuales el sujeto pasivo acredite la inexistencia de incremento de valor, por diferencia entre los valores reales de transmisión y adquisición del terreno".

A estos efectos, el interesado tendrá que declarar que la transmisión del derecho de la propiedad no está sujeta al pago de la plusvalía municipal. En este caso, indica el proyecto de ley, se tendrán que aportar las pruebas que acrediten la inexistencia de incremento de valor.

Con el proyecto de ley en la mano lo más posible es que se regule que "para acreditar la inexistencia de incremento de valor, como valores reales de transmisión y adquisición del terreno, se tomarán los efectivamente satisfechos en la transmisión y adquisición del bien inmueble que consten en los títulos que documenten la operación". En su caso, también servirán los comprobados por la Administración Tributaria a quien corresponda la gestión de los impuestos que gravan la transmisión del inmueble. En el caso de que el valor del suelo no se encuentre desglosado, "se calculará aplicando la proporción que represente en la fecha de la transmisión el valor catastral del terreno respecto del valor catastral de todo el bien".