La declaración de inconstitucionalidad del pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como plusvalía municipal, en las ventas de viviendas con pérdidas obligará a los ayuntamientos zamoranos a devolver al contribuyente 8,1 millones de euros. El Tribunal Constitucional, con su reciente sentencia, ha echado por tierra el pago de este impuesto en transacciones sin beneficio para el vendedor, considerando que supone vulnerar el principio de capacidad económica en la medida en que no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien. Todos los ciudadanos que se hayan visto afectados por esta situación durante los últimos cuatro años podrán reclamar ahora a sus ayuntamientos la devolución de ese dinero. En la provincia, la cifra podría ascender a 1.800 operaciones.

El duro varapalo del Tribunal Constitucional al impuesto de la plusvalía municipal ha puesto en alerta a los ayuntamientos de la provincia de Zamora, que se pueden enfrentar a partir de ahora a reclamaciones particulares o directamente a demandas por la vía contencioso administrativa. La medida afecta a todas aquellas transacciones realizadas a lo largo de los últimos cuatro años en las que hayan existido pérdidas para el vendedor. Según la consultora Tinsa, esa cifra rondará los 1.800 casos solo en la provincia de Zamora, mientras que en el conjunto del país supera el medio millón. En términos monetarios, las administraciones deberán devolver 8,1 millones cobrados indebidamente a los contribuyentes.

La sentencia del Tribunal Constitucional sobre la anulación de la plusvalía en este tipo de casos es la ratificación de una doctrina que se constató el pasado mes de febrero para aquellas provincias acogidas al régimen foral. Ahora, el Alto Tribunal solicita al legislador que lleve a cabo "las modificaciones o adaptaciones pertinentes en el régimen legal del impuesto que permitan arbitrar el modo de no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana" en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que es por la que se rigen los ayuntamientos de la provincia de Zamora y de la práctica totalidad del país.

Articular mecanismos

Los ayuntamientos de la provincia de Zamora deberán, a partir de ahora, articular mecanismos para proceder a la devolución de la plusvalía cobrada indebidamente a los contribuyentes durante los últimos cuatro años. Los ciudadanos que tienen derecho a efectuar la reclamación son todos aquellos que desde 2013 hayan vendido, donado o heredado inmuebles urbanos en estas circunstancias de pérdida de valor. Más allá de esa fecha, la devolución no cabe porque se considera que ha prescrito. Para demostrar que hubo una minusvaloración del inmueble vendido, apuntan desde la Organización de Consumidores y Usuarios, habría que presentar la escritura de compra del inmueble, la escritura de venta y el justificante de haber pagado el impuesto de plusvalía. Posteriormente, recomiendan reclamar en primera instancia ante los propios ayuntamientos y, si fuera necesario, acudir a los tribunales por la vía de lo contencioso administrativo.