Los descendientes de los hermanos García Casado pueden proceder ya a la venta del edificio catalogado que preside la plaza de Sagasta y que albergó el emblemático almacén de textil, cuya sociedad se constituyó en 1943, aunque fue levantado en 1950 y valorado actualmente en unos seis millones de euros. Ha sido necesaria una sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora para establecer las condiciones de reparto de la herencia de García Casado derivada de la liquidación de la empresa, una solución salomónica que cierra una herida abierta hace 16 años, pleito a pleito, y que el Juzgado de lo Mercantil no pudo cerrar con su sentencia, recurrida y ahora revocada en parte por el Tribunal provincial.

El sistema de reparto del montante que se obtenga con la enajenación del inmueble de 394 metros cuadrados de planta y 2.444 metros cuadrados construidos estará en función del capital aportado en 1.943 por los tres hermanos, Justo, Federico y Jesús, cuando constituyeron la sociedad civil especial y "actualizado". El que mayor cantidad destinó a crear la firma fue Justo, el equivalente a 6.929,36 euros; mientras que los dos propietarios de la firma dejaron 372,62 euros cada uno.

Realizado este cálculo, se entrará a efectuar un reparto que tenga en cuenta los porcentajes que los fundadores acordaron para repartirse las pérdidas y ganancias del negocio: 60%, 20% y 20%, de modo que los descendientes de Justo serán los que más cantidad se lleven de los beneficios logrados con la venta del edificio de la plaza de Zorrilla número 2, de acuerdo con la sentencia del magistrado ponente, Pedro García Garzón, que ha venido a complacer las pretensiones de una u otra parte.

Los herederos de Justo reclamaban que se tuviera en cuenta únicamente el capital social que cada hermano destinó a la formación de los almacenes, mientras que el resto de descendientes abogaba porque se observara solo las condiciones de reparto de pérdidas y ganancias que en su día aprobaron los tres socios primigenios.

El juez de lo Mercantil había establecido en su fallo del 18 de mayo de 2016 que la liquidación se ajustara en relación al capital aportado por cada uno de los fundadores, sentencia que se recurre ante la Audiencia por los descendientes de los otros dos socios constituyentes. Ahora, el magistrado Pedro García Garzón ha determinado que sean ambos parámetros los que se utilicen para zanjar el enfrentamiento familiar provocado por la liquidación de la firma García Casado, uno de los negocios más prósperos de los años del comercio zamorano y que entró en declive con los años 90 del siglo pasado.

La valoración de la construcción, que llegó a ser de 12 millones de euros, permitirá que, tras efectuar el reparto del capital de acuerdo a las cantidades actualizadas, los bienes a distribuir entre los herederos sean superiores a esa cuantía, por lo que cada heredero se embolsará la cantidad que antecesor dispuso para crear la sociedad en su día, pero de acuerdo con el valor que hoy tendría ese dinero, más lo que le se corresponda con el porcentaje de las pérdidas de la sociedad a las que cada fundador hacía frente y con el de los beneficios que cada cual ingresaba (Justo, el 60%; y Federico y Jesús, el 20%). El edificio es el único bien que resta por liquidar del patrimonio de los García Casado.

El inmueble cuenta con una superficie comercial de 950 metros cuadrados, distribuidos en parte del sótano, donde hay también un almacén de 98 metros cuadrados, en la planta baja y en la entreplanta. El resto del edificio acoge diez viviendas de entre 189 metros cuadrados, las más grandes, y 90 metros cuadrados, las más pequeñas.

El edificio, protegido por el Plan Especial del Casco antiguo, preside la plaza de Sagasta, pudo llegar a venderse en los años del boom inmobiliario por el doble de lo que ahora podrán exigir sus propietarios, pero la crisis económica situó el precio en unos cuatro millones, cuantía que el tímido repunte actual puede elevar hasta los seis millones, según fuentes próximas a los herederos.

La solución judicial que ya es firme tiene su origen en la demanda de uno de los descendientes de los tres hermanos García Casado que residen en Zamora, en la que exigían el impulso a la disolución y reparto de los bienes de la sociedad, lo que dejaba en manos del titular del Juzgado de lo Mercantil la fórmula de distribución de los bienes entre los herederos y quién sería el encargado de llevar a cabo esa liquidación, un profesional al margen de los interesados (a semejanza de lo que ocurre en los concursos de acreedores). La sentencia de mayo de 2016 fue el primer paso para desbloquear la venta del inmueble, al ser una sociedad el único bien que quedaba por repartir.