El Procurador del Común ha alertado al Ayuntamiento de Zamora de que el acuerdo de Pleno de septiembre de 2016 por el que se aprobó trasladar el mercadillo de los martes al barrio de Vista Alegre no tiene amparo legal y por lo tanto podría ser declarado nulo. El órgano consultivo, a instancias de los vecinos de la calle Miguel de Unamuno, ha emitido una dura resolución para los intereses municipales en la que enumera las razones por las cuales la cita ambulante no se ajusta a la Ley. El fondo del asunto, tal y como detalla el dictamen, es la carestía de una Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante que resulta obligatoria para los ayuntamientos. Un documento que, afirma el Procurador del Común, no puede ser sustituido por un acuerdo de pleno sean cuales sean las razones de urgencia.

"Los mercados de venta ambulante deben desarrollarse en el marco de la legislación vigente y en tanto no se apruebe definitivamente la Ordenanza en el Ayuntamiento de Zamora, no tiene amparo el establecimiento del mercadillo en el Alto de los Curas, siendo a tales efectos nulo el acuerdo del Pleno de septiembre de 2016". Con esta resolución, el Procurador del Común ha dado la razón a los vecinos del barrio de Vista Alegre en el conflicto sobre la cita ambulante que les ha enfrentado durante los últimos meses con el Ayuntamiento de Zamora.

El dictamen emitido por el órgano de defensa del ciudadano critica duramente al Ayuntamiento de Zamora por carecer de la pertinente Ordenanza e intentar solucionar la papeleta con una regulación transitoria en lo que se redacta el documento. "La aprobación de una Ordenanza exigida conforme a lo dispuesto a la Ley no puede sustituirse por un acuerdo del Pleno municipal, pese a que se estime que, por razones de urgencia, éste va a tener un carácter provisional", dicta el informe de la Procuradoría.

El Ayuntamiento de Zamora, tal y como establece la Ley Reguladora, tiene ahora un plazo de dos meses para decidir si acepta o no acepta las consideraciones del Procurador del Común aunque, en ningún caso, la resolución es vinculante.