Dos recientes sentencias dictadas por tribunales de Castilla y León dan la razón a los padres en casos similares a los de la zamorana Sara Gato, ya que dictan que es la prescripción médica de la hormona del crecimiento lo que prevalece sobre el dictamen del Comité Asesor y por tanto ordenan que se abone su coste a los progenitores.

Según publica el Diario Médico, el Juzgado de lo Social número 2 de Burgos ha condenado a Sacyl a reintegrar los gastos que una familia tuvo que asumir para hacer frente al tratamiento con la hormona de crecimiento de su hija, que había sido prescrito por una facultativo especialista del Sacyl, y que ascendieron a 11.174 euros, en el momento de interponer la reclamación judicial.

El juez reitera que su decisión de obligar a que se reintegren los gastos de la hormona viene precedido por las sentencias dictadas, entre otros, por los tribunales superiores de Justicia de Aragón, Madrid y Castilla y León y sobre este último tribunal señala que así se pronunció en junio de 2006, en octubre de 2007, en junio de 2008, en febrero y octubre de 2009 y en abril de 2014. Deja, por tanto, constancia de la extensa jurisprudencia que existe en este ámbito a favor de la financiación pública de este medicamento. "Lo importante es que el facultativo prescribió el tratamiento, lo consideró necesario y ha surtido el efecto deseado". También recientemente se ha conocido la resolución de otro Juzgado de lo Social, el número 3 de Burgos, sobre otra reclamación de reintegro de gastos de la hormona de crecimiento, cuyo fallo es del mismo tipo que el anterior. El juzgado condena al Sacyl a reintegrar los gastos a los padres de una menor tratada con este medicamento por un problema de crecimiento diagnosticado por el facultativo especialista de la Administración, quien también es el que le recomienda la citada hormona para tratar la patología. En este caso, la Administración castellanoleonesa ha sido condenada a abonar la cantidad de 25.467 euros.

Sin autorización

En el caso visto en el juzgado número 2, los familiares no llegaron a cursar la petición de autorización del uso del medicamento al Comité Asesor para la Hormona del Crecimiento porque no se cumplía con todos los requisitos fijados por este órgano para dispensar el fármaco. Pero esa situación no ha sido óbice para que el juez reconozca la obligación del Sacyl de afrontar el pago del tratamiento. Porque los facultativos consideraron iniciarlo a los dos años y ha sido beneficioso para la menor.

Los dos casos, indica Diarios Médico, han sido defendidos por el abogado Santiago Díez, colaborador de la asociación El Defensor del Paciente.