En la nueva reforma del Código Penal también registra una novedad importante y es que aumenta la edad de consentimiento sexual que pasa de los 13 años a los 16. España era, junto con el Vaticano, donde hasta el jueves pasado la edad de consentimiento sexual era más baja. En el nuevo artículo del Código Penal se define la edad de consentimiento sexual como la "edad por debajo de la cual, de conformidad con el derecho, está prohibido realizar actos de carácter sexual con un menor." El Comité de la Organización de las Naciones Unidas también sugirió una reforma del Código penal en este sentido para elevar la edad del consentimiento sexual, adecuándose a las disposiciones de la Convención sobre los Derechos de la Infancia y así mejorar la protección que España ofrece a los menores, sobre todo en la lucha contra la prostitución infantil. Con esta nueva disposición, la realización de actos sexuales con menores de 16 años será considerada, en todo caso, como "un hecho delictivo, salvo que se trate de relaciones consentidas con una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez". Gómez Ferrero valora positivamente que la edad de consentimiento sea más de 13 años porque sino "los vuelve vulnerables a la explotación sexual y el abusador se puede escudar en que fue consentido".