Los borradores que la Agencia Tributaria ha empezado a facilitar a los contribuyentes que lo soliciten son datos útiles para realizar la declaración, pero hay que tener cuidado porque pueden contener errores, hasta tal punto de que pueden costar al contribuyente 1.200 euros, según indica un portal tributario que menciona fuentes de los técnicos del Ministerio de Hacienda, agrupados en Gestha, y la Asociación de Asesores Fiscales Asefiget, según los cuales uno de cada tres de estos borradores puede contener errores.

La economista zamorana Teresa Rita Picón confirma que los borradores de Hacienda pueden contener errores: "es lógico que puede haber errores porque los datos que tiene la Agencia Tributaria los obtiene de la información que le facilita un tercero. Se fía de lo que le transmite una tercera persona y dice al contribuyente los datos que tiene de él. Pero debes comprobar esos datos, y la propia Agencia lo advierte bien claro". En definitiva, afirma la economista, el borrador "es un punto de partida pero no de llegada".

El borrador puede contener datos incorrectos, por ejemplo, por el mero hecho de que alguien, cometa un error humano, como el contable de la empresa que facilita la información, o haya un equívoco a la hora de incluir un concepto en una u otra casilla.

También es posible "defenderse" de los errores del borrador, es decir, "puede ser que tu tengas derecho a unas deducciones que a ellos no les consten y siempre puedes justificar que eres tu el que tienes razón".

Más infrecuentes son los errores en los programas con los que se elaboran los borradores, entre otras cosas porque cuando se observa alguna deficiencia se suelen corregir. Y Hacienda es una de las administraciones que mejor funcionan en este sentido.

No obstante, según la experta de un portal inmobiliario especializado, Laura Cajade, "los errores y omisiones más frecuentes suelen estar ligados a deducciones y subvenciones por falta de comunicación entre administraciones, regionales y estatales o Registro Civil y Hacienda". Los ejemplos más comunes de omisiones son en torno a los siguientes conceptos:

Deducciones por adquisición de vivienda

Deducciones por compra de vivienda cuando la información del catastro no corresponde con la escriturada (por ejemplo, un matrimonio que compra un piso y lo hipoteca pero en el catastro sólo figura uno de los cónyuges como propietario).

- Deducciones ligadas a gastos de notaría, gestoría o similares en la compra de una vivienda.

- Deducciones de cancelación de préstamo y/o ampliación del mismo.

- Exención por reinversión en vivienda habitual.

- Cambios de estado civil afectan a muchos borradores: matrimonios, divorcios, defunciones, nacimientos, etc.

- Cálculo de lo que es más ventajoso, si la declaración conjunta o individual. Incluso con los hijos en caso de familias mono-parentales.

Inclusión de declaración de minusvalías o incapacidades.

- Deducciones autonómicas.

- Dación en pago.

- Bonificaciones por contratación de empleados de hogar.