El alcalde de Galende, Jesús Villasante, defiende que su conducta no puede enmarcarse en un delito de desobediencia, al estar motivada por "falta de liquidez" del Ayuntamiento, subsanada en octubre de 2014, "tan pronto como dicha entidad dispuso de fondos". A este respecto, la Audiencia Provincial, que estudió el recurso del regidor municipal contra la apertura del procedimiento abreviado, apunta que "este no es el momento procesal" para cuestionar los términos de ese auto de la juez que investigó el delito de desobediencia.

El propio Ministerio Fiscal se opuso al recurso, apuntan los magistrados de la Audiencia, al tiempo que insisten en que el auto "es correcto" y que no es necesario que en él se detallen con amplitud los hechos denunciados para subrayar que esa función compete a la acusación particular y a la Fiscalía, con la descripción de los mismos y la calificación del presunto delito de cara al juicio. En ese sentido, abundan que es suficiente con que la juez que ha investigado la denuncia haga "una referencia" a los hechos que se imputan.

La Audiencia remite al alcalde a la vista oral por el presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial, donde se practicarán las pruebas y se producirá el debate, para recalcar que a partir de ahí se dictará una sentencia condenatoria o absolutoria, sin que el procedimiento abreviado implique una resolución en uno y otro sentido.