La Audiencia Provincial de Zamora mantiene la imputación por beneficiarse de obras en sus domicilios y de la venta de chatarra y biondas propiedad de la Unidad de Carreteras de Zamora a cinco acusados, empleados del Ministerio de Fomento y de la UTE Zamora-Rionegro porque las pruebas se obtuvieron antes de que aquellos declarasen y no a raíz de la autoinculpación de uno de ellos, cuando compareció como testigo, sin que se le advirtiera de que pasaba a ser imputado.

Los magistrados rechazan así la nulidad de actuaciones solicitada por ese inculpado, empleado de Fomento, cuyas iniciales son P.F.N. (al parecer encargado de la gestión de biondas y señales de las carreteras), al sostener que los delitos que la juez de Puebla y la Fiscalía atribuyen a los cinco acusados se basan en la investigación iniciada en marzo de 2012, con la recogida de pruebas documentales e interrogatorios a otros testigos. Preceden, pues, a las declaraciones realizadas ante la Guardia Civil por los acusados, que habrían obtenido entre 6.515 a 37.365 euros al vender chatarra y biondas.

A partir de ese argumento, la Audiencia descarta la aplicación de la denominada "doctrina de los frutos del árbol envenenado", que implica la exclusión del proceso judicial de las pruebas obtenidas cuando se han vulnerado derechos o libertades fundamentales, así como las actuaciones que se deriven de aquellas.

Los magistrados recuerdan en su auto que la nulidad solo puede afectar a una parte de la declaración del vigilante de la Unidad de Carreteras, aquella en la que se llega a autoinculpar de los delitos de apropiación indebida de biondas y chatarras sin que se le advierta lo que implica penalmente.

En esa misma comparecencia el acusado admitió, según recoge el auto emitido por la Audiencia, haber hecho obras en su domicilio de Puebla de Sanabria con material y personal de la UTE adjudicataria de la conservación y el mantenimiento de la red viaria nacional de la comarca sanabresa, actividad que desarrolló entre 2004 y 2011.

La petición se basaba en que en el transcurso del interrogatorio al que P.F.N. fue sometido por la Guardia Civil no se le advirtió de que estaba reconociendo haber cometido las ilegalidades mencionadas y, por tanto, perjudicándose al desconocer que en ese momento pasaba de ser testigo a imputado en la causa judicial y tenía derecho a ser asistido por un abogado. La nulidad de actuaciones, que ya denegó la juez de Puebla de Sanabria que investiga el voluminoso asunto, habría beneficiado a otros cuatro imputados, de los quince a los que se inculpa de delitos que van del cohecho al tráfico de influencias o defraudación a Hacienda.

La magistrada de Puebla investiga, además, la facturación de sal fundente que nunca llegó a utilizarse en las carreteras de la comarca de Sanabria; el uso de medios humanos y materiales de la empresa concesionaria del servicio para ejecutar obras particulares en domicilios de algunos inculpados, así como el beneficiarse de viajes de placer, regalos y otras prebendas a través de la UTE, recoge el sumario y estima el fiscal jefe, Rafael de Vega Irañeta, que ha llevado directamente el asunto. Indirectamente, por tanto, todo lo habría pagado Fomento.