Sin pruebas sobre la existencia de penetración, ya que las declaraciones de una de las víctimas "son contradictorias y en el acto del juicio señaló que no la hubo" y sin demostrar tampoco la falta de consentimiento por parte de las dos mujeres denunciantes, la Audiencia Provincial de Zamora ha absuelto a un hombre de 70 años del delito de agresión sexual agresión sexualcontra dos usuarias de Intras. La Fiscalía había solicitado una pena de siete años de cárcel por cada uno de los delitos, además de una indemnización para cada una de 6.000 euros por los daños morales causados.

Las mujeres eran en el momento de los hechos, mayo de 2011, usuarias de la residencia de Intras en Toro. Una de ellas sufre un retraso mental moderado y esquizofrenia paranoide, mientras que el retraso de la segunda es ligero, con un trastorno bipolar.

Difícil valoración

En la sentencia, los magistrados reconocen la "dificultad" que implica la valoración de una prueba testifical realizada a dos personas con retraso mental y afectadas por enfermedades psíquicas "cuyos testimonios han ido variando a lo largo de la tramitación del procedimiento". Además, mientras que los hechos probados, es decir, la relación que tenía con ambas denunciantes, fue reconocida por el propio acusado, no ocurrió lo mismo durante la vista con otros aspectos, como la existencia de penetración a una de ellas. Esto no pudo ser confirmado porque las declaraciones de la víctima "eran contradictorias" e incluso en el acto del juicio señaló que "no la hubo". Tampoco se pudo comprobar la falta de consentimiento por parte de ambas. Además, se tuvo en cuenta que los días de los hechos denunciados "aparecieron con el acusado sin aparentar ningún tipo de temor o aparecer asustadas".

Respecto a las pruebas presentadas, los médicos forenses señalaron que ambas personas "era capaces de autodeterminarse sexualmente, comprendiendo qué eran las relaciones sexuales y estando capacitadas para distinguir lo que querían y lo que no". Una capacidad que se subraya en el hecho de que ambas estaban en la residencia de Toro en régimen de libertad, "para salir e ir con quien quisieran". Del mismo modo, una de ellas había estado casada durante un importante periodo de su vida hasta que su esposo falleció y había tenido relaciones "anteriores y posteriores" a los hechos con el acusado y otros hombres, al igual que la otra denunciante, según ella misma declaró en el juicio.

Por último, la sentencia subraya que en este caso tampoco puede estimarse una posición de superioridad del hombre sobre las dos mujeres "aunque las pruebas periciales forenses pusieran de manifiesto que se trata de personas más influenciables", ni que concurriera una situación de aprovechamiento, ya que en un caso había habido "continuadas" relaciones de noviazgo entre ellos y en el otro "porque en el momento en el que se encontró mal se puso fin a la relación sexual que habían iniciado".