Recibir una herencia, a simple vista una buena noticia dado que en condiciones normales aumenta el patrimonio de la persona que hereda, puede convertirse en una muy mala noticia en según qué casos. En el caso de Castilla y León, el hecho de recibir los bienes de una persona fallecida puede traducirse en un varapalo económico que llegaría a suponer un desembolso, vía impuestos, de 39.000 euros más que si los mismos bienes se recibieran en Madrid. En algunos casos las diferencias podrían llegar a suponer más de 72.000 euros. Las diferencias llegan por la vía de las deducciones y bonificaciones autonómicas, más altas en unas comunidades que en otras.

La cuestión es que el Impuesto de Sucesiones está cedido a las comunidades autónomas, tanto su recaudación como las capacidades para establecer bonificaciones o deducciones. En los últimos años se ha desatado una enorme competencia entre distintos territorios del país que, a grandes rasgos, han dividido España en dos grupos. Primero están las comunidades, entre las que destacan Madrid, Cataluña o la Comunidad Valenciana, que prácticamente han eximido a padres, hijos o cónyuges de las responsabilidades tributarias por heredar. Después se encuentra otro grupo que ha optado por supresiones y modificaciones parciales que en la mayoría de los casos afectan a las herencias más modestas. Castilla y León se sitúa en este último grupo aunque su régimen no es tan agresivo para el contribuyente como el que hay en otras regiones, como Asturias.

Por ejemplo, un zamorano que herede una vivienda habitual por valor de 200.000 euros, una residencia secundaria valorada en 180.000 y depósitos por valor de 30.000 euros tendría que pagar en impuestos 39.650,72 euros. Del montante habitual se descontarían 2.000 euros de los servicios funerarios, 122.606 de reducción por vivienda habitual y 60.000 por parentesco. En el mismo supuesto, la cuota a saldar en Madrid es de 506 euros. A las reducciones aplicables en Castilla y León (la de parentesco es mayor aquí) se les suman 50.155 euros de bonificaciones autonómicas, lo que reduce drásticamente la cifra.

Otro ejemplo. Si se trata de una herencia compuesta por una vivienda de 200.000, una segunda residencia de 250.000 euros, depósitos por 50.000, acciones por 30.000 y un coche valorado en 8.836 la cuota a pagar ya ascendería a 73.417 euros. Las bonificaciones aplicables son idénticas a las del primer caso. Algo similar pasa en Madrid, pero las bonificaciones autonómicas ascienden en este caso a 84.270 euros, lo que deja el impuesto en 851.

Según la normativa vigente, están obligados a presentar el impuesto todos los zamoranos que hereden o que sean beneficiarios de contratos de seguros de vida. A partir de ahí, una vez calculado el valor global de los bienes heredados, se aplican una serie de reducciones del impuesto que diferencian entre si el beneficiario es pariente del fallecido, si es una empresa o si es una persona discapacitada, entre otras cuestiones.

El fenómeno no es nuevo y, dada la situación de crisis actual, se ha convertido en un quebradero de cabeza que ha llevado a muchos zamoranos a renunciar a su herencia. Desde la Cámara de Propiedad Urbana explican que en ocasiones los impuestos pueden llegar a suponer el 50% del valor total de los bienes heredados. Desde la institución zamorana ponen varios ejemplos, muchos referidos a los bienes inmuebles. Así, si la contraprestación por heredar una vivienda es un impuesto de 50.000, y teniendo en cuenta que hay serias dificultades para venderla, muchos optan por renunciar a ella.

Además, hay que tener en cuenta que las valoraciones de los bienes inmuebles de la Consejería muchas veces difieren de la realidad. Si se tiene en cuenta que el valor de mercado de un bien heredado puede ser menor de lo que considera Hacienda, de nuevo los impuestos se disparan.