Hasta un total de 138.044 pisos particulares, la estimación del parque de viviendas que existe en la provincia de Zamora según los últimos datos del Ministerio de Fomento, tendrán que certificar su eficiencia energética mediante un documento oficial si sus propietarios desean vender o alquilar este inmueble a partir del próximo 1 de junio. En esa fecha entra en vigor un nuevo reglamento por el que tanto todas las nuevas edificaciones como aquellas viviendas que vayan a ser vendidas o arrendadas tendrán que contar con un papel donde se especifique su calificación energética, con un baremo similar al que poseen los electrodomésticos, cuya medida está entre la letra G (desfavorable) hasta la A (favorable).

Desde el Colegio de Ingenieros Industriales, su presidente delegado en Zamora, Teófilo Ramos de Castro, apunta a que esta nueva medida será especialmente positiva para aquellas personas que estén pensando en comprar o alquilar un piso «ya que podrán escoger aquel que, teniendo delante el certificado energético, les reporte mayor ahorro a largo plazo. Será posible comparar de esta manera la calificación obtenida con otras viviendas que también sean de su interés». La certificación servirá para que los inquilinos puedan hacerse una idea de cómo les va a afectar el futuro gasto en calefacción, electricidad o aire acondicionado. En este sentido, en el caso de los edificios de nueva construcción «tienen que ser tendentes a pérdidas cero», señala.

Aparte de los edificios particulares destinados a venta o alquiler, esta medida también es obligatoria para los locales comerciales y aquellos que se vayan a destinar a algún uso por parte de la Administración. Tan solo quedan exentos «los edificios industriales y los locales que tengan menos de 50 metros cuadrados o que se vayan a alquilar por menos de cuatro meses», especifica Ramos de Castro.

El objetivo de esta normativa persigue que el comprador o arrendatario de una vivienda, local o edificio disponga de un documento que, en el caso de que sea de nueva construcción, le indique cuál fue la calificación con la cual se diseñó en proyecto y posteriormente cuál es la calificación con la cual se ha construido y en el resto de los supuestos se señale la calificación que tiene el edificio.

Por último, el presidente delegado apunta que no tener este certificado «implica una infracción en materia de consumidores y usuarios, así como una infracción en materia de certificación de eficiencia energética». En este sentido, las sanciones pueden llegar a ser de hasta 600.000 euros, en función de su gravedad.

Preguntas frecuentes

Obligatoriedad

Para edificios, viviendas o locales que vayan a ser vendidos o alquilados. También es exigible para los edificios de nueva construcción.

Locales comerciales

El Real Decreto solo exceptúa los edificios industriales y los locales que tengan menos de 50 metros cuadrados o que se alquilen por menos de cuatro meses.

Técnicos

Podrán realizar la certificación energética tanto los ingenieros industriales, como los ingenieros industriales técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos.

Aportación

El certificado permite determinar la calidad de la vivienda desde el punto de vista de ahorro energético. La etiqueta energética clasifica edificios desde la A (favorable) y la G (desfavorable). Un buen certificado permite detectar dónde se producen los gastos innecesarios debidos a malas condiciones de la vivienda o instalaciones, permitiendo al propietario aumentar la calidad de la vivienda que desea vender o alquilar. Podrían beneficiarse de hasta un 31% de ahorro.

Validez

El certificado tiene una validez de diez años, por lo que su repercusión anual es muy baja. Los potenciales ahorros a obtener superan con creces el coste del certificado.