Una de las dos enfermeras cesadas del servicio de hemodiálisis trasladadas del servicio de hemodiálisis porque supuestamente provocaron acoso laboral a la supervisora tendrá que ser respuesta en su plaza, al haber fallado a su favor la sala del Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Los hechos se remontan a octubre de 2009, cuando dos enfermeras que llevaban 23 años en hemodiálisis fueron movilizadas forzosamente en base, según la Gerencia, a un informe de Salud Laboral que apuntaba esa solución ya que estaban perjudicando a la supervisora. El informe decía que la supervisora sufría acoso psicolaboral desde hace tres años, agravado en los tres últimos meses y era necesario apartar a dos enfermeras que le estaban causando el daño. Los sindicatos denuncian los hechos en la Inspección de Trabajo, el Procurador del Común y la Fiscalía, que archiva el caso. Los pacientes de hemodiálisis también presentaron firmas contra el traslado de las enfermeras.

UGT siguió por la vía judicial y obtuvo una primera sentencia favorable, en marzo de 2011, del Contencioso Administrativo de Zamora, que declara contraria a derecho la decisión del gerente, una medida arbitraria y ordena la reintegración al servicio de la enfermera que había denunciado (la otra no lo hizo). La Gerencia de Salud recurrió la sentencia y ahora el Tribunal Superior, el pasado 27 de julio, además de ratificarla condena en costas a la Administración (tres mil euros). En la sentencia, señaló el ugetista Jerónimo Cantuche, se afirma que la movilidad forzosa no siguió el procedimiento adecuado y se puede interpretar como una sanción, ante las denuncias de estas trabajadoras sobre los problemas en el servicio. "Se pidió al gerente una evaluación de riesgos y una investigación, cosa que nunca hizo", como tampoco dio audiencia a las afectadas ni abrió expediente disciplinario. UGT estudia ahora la posibilidad de acudir a la vía penal por los daños causados por la decisión del gerente y el autor del informe de Salud Laboral.