El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León anuló hace cinco años varios artículos de la ordenanza ciudadana de Valladolid idénticos a los que incluye el recién aprobado reglamento de convivencia de Zamora, recurridos todos ellos en los tribunales por la Confederación Nacional de Trabajadores. La sentencia hace referencia directa a artículos que incluye la ordenanza de Zamora en los que recoge que «los organizadores de cualquier acto público de naturaleza cultural, lúdica, festiva, deportiva o de cualquier otra índole velarán para que no se produzcan durante su celebración conductas vandálicas y, en su caso, sus organizadores serán los responsables». A este respecto, la sentencia, que sienta jurisprudencia, anula este aspecto -en el caso del reglamento de Valladolid- al entender que no se puede derivar la responsabilidad de las conductas «porque son personales», además de entender que la medida «iría contra el propio derecho de reunión y manifestación».

La sentencia alude también al capítulo que recoge el articulado de Zamora relativo a la prohibición de «cazar, matar o maltratar pájaros» por entender que «los ayuntamientos no pueden regular esta actividad». De igual modo, libera a los padres de los menores de edad que infrinjan la ordenanza por considerar que «las responsabilidades son individuales y no pueden derivarse a los padres».

Ante esta situación, IU critica que «es incomprensible que después de tres años anulados estos artículos del reglamento de Valladolid por el TSJ, nadie se diera cuenta en el Ayuntamiento de Zamora y caigan en el mismo error», dice Francisco Guarido.

Por su parte, el concejal de Medio Ambiente, Feliciano Fernández, defiende que la ordenanza «no es una copia de la de Valladolid» y reprocha que aunque a día de hoy la ordenanza esté en los tribunales, «eso no significa que no haya normativa suficiente en nuestro ordenamiento jurídico que garantice la seguridad y defensa de los zamoranos».