Sucesos en Zamora

Caso de la sal | Absueltos el empresario que surtía sal de bacaladeras a Fomento y un vigilante

La Audiencia carga los delitos de corrupción al exdirector, exingeniero y encargado de la Unidad de Carreteras y al responsables de Rionegro

Los dos imputados absueltos escuchan el testimonio de uno de los chatarreros.

Los dos imputados absueltos escuchan el testimonio de uno de los chatarreros. / Emilio Fraile

La Audiencia de Zamora ha decidido absolver a los dos únicos imputados en el caso de la sal que se sentaron en el banquillo de los acusados por el fraude de 209.721 euros al Ministerio de Fomento en Zamora por entender que no existen pruebas de que cometieran los delitos y, en el caso del funcionario, además, este obedecía órdenes de sus superiores como intermediario en la venta de biondas. También se le exculpa de haber defraudado a Fomento por las obras efectuadas en su domicilio por trabajadores de la UTE porque no está probado que quisiera favorecerse a costa del Ministerio, sino rapidez en el arreglo de una avería.

La cantidad fue detraída en menos de un año con suministros inferiores al fundente facturado que se servía para el deshielo de la red viaria nacional en el sector Sanabria-La Carballeda a través de la UTE Rionegro contratada para la conservación y mantenimiento de las carreteras en la zona; y con la venta de chatarra a espaldas de la Administración.

La Audiencia excluye de esa trama al propietario de la empresa Edype, al que la Fiscalía y Abogado del Estado exigían 6 años de cárcel y 110.000 euros por estafa; al vigilante de la Unidad de Carreteras del área, P.F.N., acusado de fraude y apropiación indebida o malversación, al que se le exigían hasta 4 años de prisión

Ya lo dijo en el juicio, “si me regalan la sal” en las bacaladeras de Portugal, “no puedo facturarla por que Hacienda me cruje”. La Audiencia de Zamora recoge este argumento, entre otros, para absolver al propietario de la sociedad Edype creada expresamente para servir el fundente a la UTE Rionegro (Copcisa-Grupo San Gregorio) por el empresario de iniciales D.H.M., acusado de un delito de estafa al Ministerio de Fomento.

Las tres magistradas nombradas por el TSJ para realizar el juicio del caso de la sal

Las tres magistradas nombradas por el TSJ para realizar el juicio del caso de la sal / EMILIO FRAILE

La UTE no fue denunciada

La sentencia descarta que se pueda responsabilizar al empresario de beneficiarse de 110.000 euros por cobrar hasta 55 euros por tonelada del mineral que obtenía gratuitamente en bacaladeras, puesto que el destinatario era la UTE, “contra la que no se ha formulado acusación”, y no el Ministerio. Asimismo, tampoco se demuestra que estuviera implicado en la manipulación de los partes de trabajo para “hacer constar mayor cantidad de sal de la esparcida” entre 2006 y 2008.

La contradicción entre las toneladas procedentes de Portugal y las que se facturaban a Copcisa-San Gregorio tampoco está acreditado que estuviera motivada porque el imputado cargara menos toneladas de las facturadas, al tiempo que se alude a la explicación de D.H.M. en el sentido de que asumía el coste del transporte y cribado del mineral, “en gran parte regalada, era la que vendía a la UTE y se facturaba”. Sin embargo, “no podía facturar como compradas aquellas toneladas que recibían sin coste y que, después de tratadas y transportadas, vendían a la UTE”.

La Fiscalía de Zamora y el Abogado del Estado exigían una condena a 6 años de prisión para el industrial y una indemnización de esa cuantía. Las acusaciones públicas cifraron los ingresos “limpios” de Edype en 215.922 euros facturados en la temporada invernal de 2007-2008, extremos que las tres magistradas del Tribunal provincial sostienen que no puede justificarse.

Mero intermediario en la venta de biondas

La Audiencia exculpa de la desaparición de, al menos, 200 toneladas de sal y de 100 de biondas levantadas en la red estatal de Sanabria-La Carballeda al otro imputado en el caso de la sal, el vigilante de Fomento que rechazó llegar a un acuerdo para evitar el juicio. El acusado, de iniciales P.F.N., destinado en el centro de conservación de Rionegro se jugaba su libertad, acusado de un delito de fraude y apropiación indebida o, en su defecto, de malversación, entre otros.

La Fiscalía Provincial y el Abogado del Estado pedían una condena de 2 a 4 años de cárcel que ahora destierran las magistradas por estimar que cuando actuó como intermediario en la venta a chatarreros de quitamiedos y otros elementos metálicos de las calzadas, algunos restos de accidentes cumplía las órdenes de sus superiores inmediatos.

Obras en el domicilio

Por lo que respecta a las obras que se efectuaron en el domicilio particular del funcionario de Fomento procesado, ejecutadas por empleados y con material de la UTE, el Tribunal provincial tampoco halla pruebas contundentes de un “un propósito de defraudar a la Administración”, por lo que también le absuelve.

"No existe dolo evidente de la existencia del fraude" que se le imputa, afirma la magistrada ponente que firma la sentencia, Ana Isabel Morata, es decir, "de que el acusado tuviera la intención de defraudar, sino simplemente de obtener la reparación de forma rápida”. Las acusaciones públicas exigían 18.000 euros de indemnización para el Ministerio.

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La Audiencia, pues, carga contra los máximos responsables del Ministerio Fomento en la provincia y, por tanto, del centro de conservación de Rionegro, y contra encargados y trabajadores de la UTE como únicos responsables, cinco condenados por los delitos de fraude y corrupción investigados por la Fiscalía y el Juzgado de Puebla de Sanabria.

Entre esos condenados están el que era director provincial del área, Esteban Marino, y el entonces ingeniero jefe, de R.T.R., así como el delegado de obra y jefe de conservación, E.J.R.G. (el empleado de Copcisa-San Gregorio y primo del empresario procesado, con el que creó Edype para vender la sal como fundente); el encargado del sector ZA-4, de iniciales S.S.S.; y empleada de Copcisa-San Gregorio, R.M.I.; el trabajador P.O.A., a quienes se les ha imponen entre 6 meses y 6 años de cárcel, penas suspendidas por un periodo de 5 años si no comenten ningún otro delito.

Las condenas se completan con penas de suspensión de empleo y cargo público; e inhabilitación para empleo o cargo público, según se trate de empleados del Ministerio o de la UTE . Las indemnizaciones que deberán abonar suman 188.102, 75 euros que tendrán que abonar de acuerdo con las cantidades que reconocieron haberse quedado con las ilegalidades cometidas en la gestión de la conservación de carreteras en Sanabria-La Carballeda.

Una trama que destapó la defraudación de 290.721 euros en menos de doce meses, en el periodo entre 2007 y 2008, de acuerdo con las pruebas que se pudieron recabar durante la investigación iniciada en 2011 por la denuncia de varios trabajadores de la UTE y por la intervención de la Agencia Tributaria. Los responsables de la investigación ya manifestaron entonces que había desaparecido documentación, con lo que la Agencia Tributaria y la Guardia Civil de Zamora no pudieron ampliar las pesquisas.

El exdirector provincial de la Unidad de Carreteras del Ministerio de Fomento, Esteban Marino, conversa con su abogado.

El exdirector provincial de la Unidad de Carreteras del Ministerio de Fomento, Esteban Marino, conversa con su abogado. / EMILIO FRAILE

La magistrada ponente sostiene que “no puede imputarse al acusado el haberse apropiado del importe de los 10.612 euros de la venta (...), al no existir documentos al respecto”, puesto que “carecía de facultades para hacer suyo el importe de la venta” de los 61.860 kilos de chatarra que se le imputa, una “estimación” no corroborada, detalla en su resolución.

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La sentencia absolutoria para el vigilante P.F.N. se asienta en que este no concertaba el precio ni las cantidades de chatarra que se vendía, “tenía que consultar con sus jefes antes de indicar que podían retirar la chatarra” a los empresarios a los que llamaban empleados de la UTE a tal fin.

La magistrada ponente de la resolución judicial admite que el funcionario público recogía los sobres con el dinero en metálico, pero “para entregárselo a sus jefes” y apostilla que no existen pruebas que puedan vincularle con el uso de parte de esos fondos en meriendas para el personal, como se manifestó en el juicio por algunos testigos.

El mineral de salazón que otras empresas también servían

No solo la sal procedente de salazón “no resulta perjudicial para el deshielo”, apunta la sentencia de la Audiencia para cimentar la absolución del empresario que vendió a la UTE fundente de bacaladeras, “sino que es más recomendable que otras alternativas, como la sal marina”.

La tesis defendida por los peritos que testificaron en el juicio celebrado en la Audiencia durante dos semanas el pasado octubre y los informes aportados por la defensa se cierra con el testimonio de otros empresarios que servían sal, como Almacenistas Gallegos Sal, “dedicada al comercio al por mayor de pescados y otros productos” del mismo sector y “de la acuicultura”.

Esta circunstancia “podría explicar también la presencia de restos y olor a pescado en la sal”, apunta el fallo del Tribunal zamorano. Tampoco sería, pues, Edype la responsable directa de las averías de las máquinas, algunas muy viejas, justifica la jueza, al tiempo que alude a que la sal marina puede perjudicar más a las quitanieves por el resto de piedras.

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