Sucesos en Zamora

La Fiscalía de Zamora mantiene los años de condena a siete violadores pese a la ley del "solo sí es sí"

La pena más elevada que el Ministerio Público no varía es la del hombre que cumple 27 años y medio de cárcel por agredir a las dos hijas de su pareja

El violador de las dos hijas menores de su expareja antes de entrar en el juicio.

El violador de las dos hijas menores de su expareja antes de entrar en el juicio. / Nico Rodríguez

La Fiscalía Provincial ha remitido ya a la Audiencia de Zamora sus informes contrarios a reajustar a la baja las condenas por siete violaciones, una agresión sexual y dos abusos sexuales, uno de ellos a una menor, tras descartar que pueda aplicarse ningún beneficio con la entrada en vigor de la ley del “solo sí es sí”, según las fuentes consultadas por LA OPINIÓN-EL CORREO DE ZAMORA.

Una decisión que obedece a su criterio de que los años de cárcel impuestos por la Audiencia, confirmadas o rebajadas por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, entran dentro de los límites de las horquillas de penas de cárcel para esos delitos recogidas en la nueva Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

La Fiscalía pide, pues, a los magistrados de la Audiencia zamorana que mantengan en los mismos términos las condenas de prisión por esos delitos, cuyas sentencias están ejecutándose, es decir, aquellas cuyos imputados están todavía cumpliendo en recinto penitenciarios las penas.

La fiscala jefa de la Audiencia de Zamora, María Ángeles Cordero, ya anticipó que el criterio a la hora de revisar las sentencias en ejecución o a punto de ejecutarse que castigan delitos contra la libertad sexual no se revisarían a la baja si el Tribunal provincial había impuesto los años de cárcel que entraran dentro de los que recoge la ley del “solo sí es sí” o ley Montero. Ese fue el criterio de la Fiscalía General del Estado y el que ha imperado en la emisión de los informes que ya tiene la Audiencia sobre la mesa para formar su decisión final.

La causa de mayor pena que mantiene la acusación pública invariable es la del violador de las hijas menores de edad de su pareja: 27 años y seis meses de prisión. El agresor sexual, de iniciales R. R. C. convivió con las dos hermanas de 12 y 17 años entre 2011 y 2017, y las violó durante un año y medio, mientras las amenazaba con matar a su madre o a su abuela materna si contaban alguna de la violaciones que sufrieron. El TSJ le rebajó ya en un año la condena en junio de 2021, medio año después de que la Audiencia de Zamora hubiera emitido su fallo. El hombre ingresó en prisión provisional desde que se inició la investigación.

Otra de las sentencias que se ha vuelto a valorar es la del hombre condenado por violar a un joven de 26 años con discapacidad física y psíquica, delito por el que la Audiencia le impuso 13 años de prisión. En este caso el hombre procesado, de 50 años e iniciales A.R.J., intimidó a la víctima con una navaja, “o vienes o te rajo”, le amenazó para llevarle a un lugar donde no pudieran ser vistos y perpetrar la agresión sexual en diciembre de 2019.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León también ratificó la condena a 10 años de cárcel para el zamorano J.L.M.P. por la agresión sexual cometida contra una mujer a la que violó en una casa abandonada del barrio de San José Obrero el 22 de septiembre de 2018 en una chabola del barrio de La Alberca.

Del “Masaje de la diosa” al varón que se coló en la cama de su prima

Entre las sentencias revisadas por abuso sexual, se encuentra la del caso del spa del balneario de la localidad Almeida de Sayago, La Dama Verde, cuyo dueño fue condenado a 8 años de cárcel; y la causa del joven que se metió de madrugada en la cama de su prima tras volver con familiares comunes, entre ellos los padres de la joven, de la verbena de las fiestas de Sarracín de Aliste.

El joven imputado, de iniciales D.R.C., vio reducida la condena en dos años por el TSJ, por lo que se le aplicó una pena de dos años de cárcel por abuso sexual. La Fiscalía no varía ninguno de los fallos de las ambas sentencias.

En la del propietario del balneario de Almeida, de iniciales A.A.M., que cometió abusos sexuales contra dos clientas cuando les practicaba el “Masaje de la diosa”, la Fiscalía considera que se trata de dos casos cuyas condenas fueron de 4 años de cárcel por cada uno de los delitos cometidos a cada una de las víctimas, por lo que se mueve dentro de los límites que contempla la Ley Montero (entre uno y 4 años de prisión).

El “Masaje de la diosa” consistía en una manipulación corporal que el propio acusado se inventó como una práctica terapéutica y que acababa en penetración. El procesado llegó a decir en el juicio que su pene tenía propiedades curativas.

El Ministerio Público solicita, asimismo, que se mantenga la condena a 2 años de reclusión en un centro penitenciario impuesta al joven que abusó de su prima en Sarracín de Aliste, la madrugada del 15 de junio, cuando volvían de la fiesta.

Se trata de una sentencia que ya revisó el TSJ de Castilla y León y que la redujo a la mitad, en contra del criterio de los magistrados de Zamora, que habían condenado al imputado a 4 años de cárcel. Esos 24 meses que recoge la sentencia se mueven en la horquilla de las penas mínimas y máximas de la ley del “solo sí es sí”.

El último paso, el informe de acusación y defensa

Los informes de la Fiscalía de Zamora sobre cada caso de los delitos sexuales condenados por la Audiencia que ya están en poder de la misma se derivan ahora a la acusación particular de cada una de las causas judiciales para que analicen el contenido del mismo y determinen si están de acuerdo con él o si, por el contrario, estiman que las penas de prisión impuestas pueden variarse y remitan al Tribunal provincial sus conclusiones.

Una vez que los informes de los abogados de las defensas estén en la oficina penal de la Audiencia, serán remitidos junto con los de la Fiscalía a los letrados que ejercen la defensa de los condenados para que conozcan los términos de los mismos y elaboren sus peticiones que irán, con toda probabilidad, a solicitar la reducción de las penas e, incluso, podría ser que la absolución de sus clientes en casos de abusos o agresiones sexuales (violaciones).

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