¿Te gusta la micología? Arranca la campaña de setas en Zamora y el acotado Montes de Zamora -ahora denominado Parque Micológico Montes de Zamora- ya concede los permisos de recolección para todo aquel interesado en la recogida de hongos.

Ahí van las principales características sobre la campaña, desde la tasas hasta las solicitudes así como un puñado de buenas prácticas que van a venirte de lujo si decides salir al campo.

Tarifas

Existe una tarifa general de 10 euros por persona y te permite salir a recolectar durante dos días y con un máximo de cinco kilos por persona y día.

¿Cómo conseguir el permiso?

De dos maneras: de forma online a través de la plataforma Micocyl o de forma presencial en los ayuntamientos que pertenecen a esta zona regulada.

Los empadronados

Las personas empadronadas (al menos seis meses antes) en los municipios del acotado micológico o los que mantienen algún vínculo con este territorio regulado tienen una bonificación sobre la tarifa general:

  • Empadronados: permiso para toda la temporada para una recolección recreativa o comercial de 15 euros por persona. 
  • Vinculados: permiso para toda la temporada para una recolección recreativa de 25 euros por persona que se eleva a 50 si es de tipo comercial.

Los permisos de temporada tienen validez hasta el 31 de julio de 2023.

Municipios afectados

Los términos municipales cuyos montes forman parte del Parque Micológico son:

  • Asturianos
  • Espadañedo
  • Peque
  • San Pedro de Ceque
  • Santibañez de Vidirales
  • Brime de Sog
  • Riofrío de Aliste
  • Ferreruela de Tábara
  • Trabazos
  • San Vitero
  • Viñas de Aliste.

Recolección de setas en Zamora. E. P.

Recolección comercial

En todos los casos la recolección de tipo comercial sólo permite una cantidad máxima diaria de 100 kg de setas por persona y día.

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS

  1.  La recolección deberá realizarse sin causar daño al monte, quedando expresamente prohibido rastrillar el suelo o dañar el micelio de los hongos, así como estropear las setas de otras especies que no vayan a recogerse ya que todas tienen una función importante en le ecosistema forestal e incluso hay muchas especies de setas que tienen un gran interés científico o bien son utilizadas para estudios, exposiciones o publicaciones.
  2.  En los casos en los que la recolección conlleve el arranque del pie completo de la seta, el terreno deberá quedar en las condiciones originales, rellenando los agujeros producidos con la misma tierra extraída.
  3.  Para la recolección y el traslado de las setas recolectadas se deben utilizar cestas o recipientes que permita la aireación de las setas. No está permitido el uso de bolsas de plástico que impiden la transpiración y la caída al exterior de esporas.
  4.  Queda prohibido recolectar huevos cerrados de oronja (Amanita caesarea), es decir, con el carpóforo encerrado en el interior del velo. Los ejemplares de parasol o galamperna deberán recolectarse con el sombrero extendido.
  5.  Está prohibida la actividad de compra-venta de setas en los montes y caminos forestales. Algunos entidades locales disponen de ordenanzas que autorizan la compra-venta de setas. Los compradores en estos casos deben pagar la correspondiente tasa por uso de la vía pública. Los ayuntamientos designarán los espacios o locales expresamente autorizados para ejercer esta actividad.
  6.  Está prohibido dejar basuras en el monte y encender fuego en zonas no autorizadas para ello.
  7.  Para la recolección de setas, todas las personas deben de obtener su correspondiente permiso. A su vez, el titular del permiso, deberá cumplir las condiciones generales y específicas de cada área de regulación micológica. Los menores de 14 años no están obligados a obtener el permiso, pero para recolectar deberán ir acompañados de un adulto con permiso. El permiso es personal e intransferible y deberá ser presentado a requerimiento del personal de vigilancia autorizado o de la autoridad competente junto a un documento acreditativo de identidad (D.N.I. o equivalente).
  8.  Por motivos ecológicos se podrán establecer limitaciones temporales a la recolección en ciertas áreas o de determinas especies.
  9.  Aunque el permiso de recolección está vinculado siempre al área de recolección para la que se expide, algunas modalidades pueden autorizar la recolección en otras zonas reguladas, en estos casos el titular desplazado deberá acatar y respetar las condiciones particulares establecidas para los permisos en cada una de ellas.
  10.  En el caso de montes con accesos vallados, los recolectores deberán dejar las vallas cerradas a su paso.
  11.  Se prohíbe recolectar setas durante la noche: desde la puesta de sol hasta el amanecer.
  12.  Deben respetarse los ejemplares de setas muy pequeños, pues son muy difíciles de identificar y se pueden confundir fácilmente, además por criterios de sostenibilidad.
  13.  Respetar los ejemplares envejecidos, pasados o agusanados porque ayudan, por la abundancia de esporas que poseen, a la expansión y fructificaciones futuras.
  14.  No recoger setas que crezcan cerca de basureros, carreteras, zonas contaminadas o áreas industriales, ya que pueden contener metales pesados.