La Opinión de Zamora

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La ardua misión de alquilar una vivienda en Zamora en la que se admitan animales

La Ley de Protección Animal no obliga a los arrendatarios a admitir mascotas

Un perro sujeto por su dueño. | Emilio Fraile

La nueva Ley de Protección Animal ha cambiado la forma en la que se los considera, pasando a ser “seres dotados de sensibilidad”, por lo que finalmente, las mascotas pasan a ser parte del núcleo familiar en términos y forma legal.

Sin embargo, tener mascotas representa una serie de dificultades más allá de los cuidados diarios y veterinarios. El primero pasa por encontrar una vivienda en la que se admitan animales, algo complicado en Zamora que, en el portal inmobiliario Idealista, solo cuenta con una propiedad en alquiler que admita mascotas en la ciudad, extendiéndose a nueve en total en toda la provincia.

¿El arrendatario debe admitir mascotas con la nueva Ley?

Entre las dudas que se plantean los dueños de las mascotas, que cada vez son más numerosos, una de las protagonistas es si el arrendatario tiene la obligación de admitir mascotas en su propiedad al ser considerada esta como parte de la familia. La respuesta es no, la Ley no afecta a esta cuestión ni modifica de forma alguna la Ley de Arrendamientos Urbanos que se encarga de regular los alquileres. De esta forma, continúan siendo los “caseros” los que deciden si admiten animales o no.

No obstante, esta prohibición solo es posible si forma parte de las cláusulas del contrato de alquiler. De lo contrario, no estaría expresamente prohibido y el inquilino tendría la libertad de tenerlos en casa, siempre y cuando cumplieran con la convivencia establecida en el edificio o comunidad de vecinos.

Respecto a esta última, dependerá lo que se estipule en los estatutos, pero generalmente solo pueden abarcar los espacios comunes del inmueble. La Ley de Propiedad Horizontal no establece que exista ninguna restricción sobre la tenencia de mascotas en los hogares, por lo que la comunidad o un vecino en concreto no cuentan con potestad para prohibir la convivencia con las mascotas.

Sin embargo, si apunta a que las zonas comunes si entran en las competencias de la comunidad, por lo que puede haber normas que restrinjan el acceso de los animales a estas, las cuales deben aprobarse en junta. Entre los casos habituales está la prohibición de hacer uso del ascensor, acceder a los jardines comunitarios o a la zona de piscina.

Asimismo, los dueños de las mascotas deben cumplir con las normativas de salubridad, ruido y convivencia. De lo contrario, el presidente de la comunidad puede demandarle. Además, es necesario cumplir con el máximo establecido, cinco animales como máximo en cada hogar.

El número de mascotas ya supera al de hijos menores de 14 años

Según los últimos datos recogidos, en la comunidad hay un perro por cada cuatro ciudadanos. Uno de los factores determinantes ha sido la pandemia, cuando se produjo un importante aumento de las adopciones, algo de lo que alertaron protectoras y veterinarios ante el riesgo latente de posterior abandono.

No obstante, estos datos solo recogen las cifras de los perros, puesto que se rigen por el censo obligatorio al que los dueños deben inscribirlos, requisito que no es necesario para los felinos, por lo que el número de mascotas total y la proporción entre estas y los habitantes, podría ser notablemente mayor.

León es la provincia que cuenta con un mayor número de perros, 53.098, lo que según el Colegio de Veterinarios responde al tamaño y el número de explotaciones ganaderas; seguido de Salamanca y Valladolid que superan los treinta y ochomil; Burgos con 34.444; Zamora (28.915); y por último Ávila, Segovia, Palencia y Soria. El incremento en el número de mascotas ha conseguido que superen en número a los menores de catorce año en el conjunto nacional.

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