La Opinión de Zamora

La Opinión de Zamora

La Justicia declara legal el cercado de la piscina de un vecino de Ferreras de Abajo, multado con 12.177 euros

La jueza da diez días al Ayuntamiento para que devuelva el dinero de la sanción al perjudicado, un edil del PSOE

Dos vecinas, ante el Ayuntamiento de Ferreras de Abajo. Chany Sebastián

El Ayuntamiento de Ferreras de Abajo tendrá que devolver los 12.177, 89 euros de multa que impuso a un vecino del pueblo por el cercado de su piscina particular al considerarlo como una obra ilegal, un cerramiento que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León estima que se ajusta a la normativa urbanística que rige en el municipio.

Los magistrados confirman la sentencia que el Juzgado Contencioso de Zamora dictó contra la decisión del 17 de enero de 2020, que anuló la sanción aprobada el 19 de mayo de 2017 bajo el mandato del entonces alcalde del PP Gregorio San Pedro, y notificada un día después de ser acordada.

El 4 de agosto de ese año, el propietario de la piscina y edil del PSOE recurre la decisión, sin embargo, el Ayuntamiento remitió a la Diputación de Zamora el expediente sancionador el 24 de agosto para que se le cobrara la multa por vía de apremio, a pesar de que la Ley impide llevar a cabo este trámite mientras no se resuelva el recurso por la institución local, paso previo a demandar en el Juzgado Contencioso, como ocurrió.

La Diputación cobró la sanción sin que hubiera sentencia de la jueza, quien finalmente anuló en 2020 tanto la multa como la vía de apremio para su cobro que llevó a cabo la institución provincial.

El Juzgado terminó dando la razón al vecino al considerar que las obras de cerramiento de la piscina eran legales, a pesar de carecer de licencia urbanística, ya que “dicha construcción es compatible con el planeamiento” urbanístico, no precisa de ese permiso.

Ahora el Tribunal Superior de Justicia hace suyos esos argumentos y obliga al Ayuntamiento de Ferreras de Abajo a cumplir su sentencia mediante la devolución del dinero, intereses y costas del procedimiento judicial, en total unos 15.000 euros.

Obstrucción a la Justicia

Esta es la segunda vez que se requiere desde el Juzgado a ese Ayuntamiento para que acate la sentencia, esta vez bajo advertencia de que podría incurrir en un delito de obstrucción a la Justicia al no obedecer el fallo del TSJ, contra el que no se puede recurrir.

La cantidad inicial a que ascendía la multa se vio incrementada por los intereses incluidos en la diligencia de embargo abierta por la Diputación en la vía de apremio, lo que explica que el concejal de la oposición tuviera que pagar 12.177,89 euros, en lugar de poco más de unos 10.000 euros inicialmente acordados.

Ahora, deberá devolvérsele ese dinero más los intereses legales a contar desde la fecha del embargo hasta devolución de las cantidades ejecutadas y las costas del procedimiento judicial.

El enfrentamiento entre el anterior alcalde del PP y el grupo de concejales socialista ha tenido su reflejo en los juzgados a lo largo de los últimos años con varias denuncias cruzadas. De hecho, Gregorio San Pedro llegó a declararles personas non gratas de la localidad, otra decisión que tuvo que anular el Juzgado.

Compartir el artículo

stats