La Opinión de Zamora

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TRIBUNALES ZAMORA

Condenado un vecino por "lesionar la dignidad" de un concejal del Ayuntamiento de Zamora

La jueza acusa al imputado de “menoscabar la fama y lesionar la dignidad” del edil al difundir en Internet hechos que no eran reales

Viñas, a la derecha, junto al alcalde de Zamora. EMILIO FRAILE

El teniente de alcalde de Zamora, Miguel Ángel Viñas, fue injuriado gravemente “con publicidad” por el ciudadano que le acusó de usar como “su cortijo particular” el aparcamiento de la Escuela Superior de Arte, según la sentencia del Juzgado de lo Penal que descarta la conducta “ilegal, irresponsable y prepotente” que le achacaba el imputado que tendrá que indemnizar con 2.000 euros al edil de IU, según ha conocido LA OPINIÓN-EL CORREO DE ZAMORA.

El imputado, de iniciales F.A.B., exigía “la dimisión o el cese” de Viñas al grupo de IU en el Ayuntamiento de Zamora y a la propia organización política, al asegurar que ponía en riesgo la seguridad e integridad física de profesores y alumnos del centro. La magistrada condena al ciudadano por “lesionar la dignidad” del concejal del Área de Hacienda, por “menoscabar su fama o atentar contra su propia estimación”. Y le impone por injurias graves una multa de 1.800 euros y el pago de las costas del juicio, incluidas las del abogado del teniente de alcalde. El letrado, Andrés Nafría, mostró ayer su “satisfacción” porque su cliente se vea resarcido del “daño moral” que sufrió entre 2020 y 2021 por la afirmación reiterada sobre esa supuesta conducta ilegal que “no se corresponde con la realidad”, según la sentencia, ya que la zona de estacionamiento era utilizada por otros docentes y usuarios del centro.

El imputado empleó para agraviar a Viñas su Facebook y correos electrónicos que envió al Ayuntamiento, al equipo de Gobierno y a la oposición; a la Dirección Provincial de Educación; a la dirección provincial, autonómica y nacional de IU; a centros educativos; a los medios de comunicación y a 118 asociaciones de todo tipo, entre las que se encuentran cofradías de Semana Santa. Todo ello, a pesar de que la Fiscalía había ya archivado la denuncia que el ahora condenado había interpuesto, sin que este recurriera la decisión.

El derecho a la dignidad

Los escritos contra el edil, pues, “conllevan un animus injuriandi, suponen, por su propio contenido, un descrédito en la consideración de la persona a la que se refieren, a la que se imputan actividades que pueden ser consideradas delictivas, sin el menor respeto al derecho a su dignidad personal y como representante público”.

La magistrada subraya que “existían otros muchos coches aparcados” junto al del concejal, contra cuyos dueños el procesado no realizó ningún tipo de denuncia pública ni les instó a retirarlos, como sería lógico si estaba “interesado exclusivamente en la seguridad de los alumnos en el interior del recinto” para evitar ese riesgo. Es más, llega a indicar que el acusado se refiere a Viñas “como el único infractor de las normas de aparcamiento” en los escritos que manda a otros grupos de la oposición municipal y a los medios de comunicación, en alguno manifestando que “hay que tener cuajo” para mantenerle en el cargo.

El fallo apunta que solo en dos de todas las fotos aportadas como prueba aprecia un turismo similar al del concejal responsable del Área de Hacienda, circunstancia a la que se suma que “no consta que existiera una prohibición clara de aparcar en ese lugar”, como atestiguó el director de la Escuela.

“Cuestionó mi profesionalidad cuando mi expediente es intachable”

Miguel Ángel Viñas sostiene que la sentencia “es un desagravio”, tras las serias acusaciones vertidas por el ciudadano que afectan a su faceta profesional. “Mi expediente como profesor es intachable, nunca he tenido quejas de padres ni de alumnos y no lo podía consentir”, ha declarado Viñas, quien quiere disociar este conflicto de su condición de concejal en el Ayuntamiento de Zamora. El profesor de la Escuela Superior de Arte ha incidido en que el ciudadano “ponía en duda mi profesionalidad” al denunciarle por una “conducta irresponsable y afirmar que ponía en riesgo al resto de compañeros y a los alumnos. Llevaba mucho tiempo acusándome de usar el aparcamiento como mi chiringuito, cuando siempre se ha podido aparcar allí, incluso gente ajena a la Escuela”. El concejal ofreció al denunciante la posibilidad de llegar a una conciliación “y no quiso”, por lo que optó por acudir a la vía penal para detener las injurias de las que era objeto. Antes de la vista oral celebrada en el Juzgado de lo Penal, se trató de llegar a un acuerdo que el imputado también rechazó. La jueza desestimó las calumnias porque el procesado no imputa un delito al edil; y el delito de acoso porque la actitud del procesado no le impidió desarrollar su vida y actividad normal.

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