La Opinión de Zamora

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La Fiscalía pide cárcel por sacar fotos a una mujer en el probador de una tienda

El imputado habría aprovechado el desajuste de la cortina del vestidor para "colar" su móvil

Interior del probador de una tienda.

Pillar al “intruso” fue coser y cantar. Cuando la clienta dirigió su mirada al espejo del probador de un comercio textil observó algo extraño en la pequeña apertura que quedaba entre la cortina que cierra el vestidor y el marco del habitáculo, según consta en la denuncia interpuesta por la presunta víctima.

La zamorana se disponía a ver cómo le quedaba la ropa elegida en el preciso momento en el que se percató de que el espejo que colgaba de la pared del “recogido” recinto le devolvía la imagen de un teléfono móvil que asomaba por la mencionada rendija, de acuerdo con el testimonio que ofreció de inmediato a la dependienta del establecimiento situado a la entrada de la capital que ya cerró sus puertas.

Tras el terminal, la clienta del comercio vio la imagen de un varón. Su reacción de alarma fue automática y la de la trabajadora del comercio tan apresurada como para que se pudiera identificar a quien habría vulnerado su intimidad, según ha mantenido la denunciante en todo momento en contra de la versión del acusado, quien negó en el juicio celebrado ayer haber tomado ninguna imagen de la mujer, ni haber grabado nada con su teléfono.

La intervención de la Policía Nacional, ante la que la denunciante ha mantenido el mismo relato, tampoco ha servido para aclarar si los hechos ocurrieron como recoge el escrito de acusación de la Fiscalía Provincial. Una falta de prueba que podría obedecer a que se requisó el terminal nueve días después de producirse el episodio investigado con posterioridad por el juzgado, de acuerdo con la información que ha trascendido.

Para entonces, ni en la galería de fotos del teléfono ni en la memoria de la cámara de grabación había rastro alguno de que el acusado hubiera captado a la zamorana cuando la mujer se desnudaba para probarse las prendas que había elegido.

En el juicio, tampoco se ha podido demostrar a través del testimonio de testigos que el procesado hubiera cometido el delito, por el que la Fiscalía exige al Juzgado de lo Penal que condena a quince meses de prisión para el presunto “mirón”. Esta infracción penal conlleva la imposición de una multa por un periodo de duración de entre uno y dos años por una cuantía que tendrá que determinar la magistrada de Penal en sentencia considera que existen pruebas suficientes para la condena.

El delito que se imputa al procesado es el de “revelación de secretos”, especificó ayer la acusación pública en sus conclusiones tras la celebración de la vista oral, por el que se castiga a quien se entromete en la intimidad de otra persona “sin su consentimiento”, que establece la pena mínima de cárcel en un año y la máxima en cuatro años.

El Ministerio Público aplica el artículo 197 del Código Penal que especifica que será condenado a penas de cárcel y multa quien “utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación”.

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