Un zamorano solo recuperará los intereses cobrados desde 2020 por el uso de su tarjeta “revolving” o de modalidad de crédito en la que se le aplicaba un TAE del 27,24%, declarados como “usuarios” por el juez que, por tanto, declara nulo el contrato y la cláusulas relativas a este concepto, si bien limita la devolución de las cantidades cobradas de más. De modo que esos pagos se efectúan a partir de los cinco años anteriores a la presentación de la demanda.

Esta última disposición de la sentencia, que beneficia a la entidad, el banco digital WiZink, resulta novedosa, puesto que hasta ahora se venía aplicando el carácter retroactivo, es decir, desde la fecha del contrato de la tarjeta, en el reintegro de las cantidades cobradas de más respecto de las aplicadas como media a los créditos personales por las entidades financieras, que ronda el 7% TAE. En este caso, el contrato tiene fecha de de enero de 2015 y la cantidad a reembolsar se establecerá por el juez.

El titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Zamora, por otro lado, obliga a la entidad demandada a incorporar “los intereses, comisiones y seguros de protección de pagos que no hayan prescrito” al capital que el zamorano aún le adeuda, lo que implica que el consumidor no lo verá en efectivo. Por contra, deberá pagar al cliente “todas las cantidades que hayan excedido” el dinero prestado, “más sus intereses legales desde la interposición de la demanda”.

El fallo del magistrado beneficia a los consumidores, pero también a las entidades que trabajan con productos de financiación al consumo, tanto tarjetas revolving como “todo tipo de productos financieros”, explican fuentes judiciales. La innovación en esta sentencia es que “distingue entre la declaración de nulidad del contrato y de las cláusulas abusivas, y la reclamación de devolución de cantidades” por intereses de usura, ya que el pago de estos prescribe de acuerdo a lo que estipula el Código Civil y solo pueden reclamarse los pagos efectuados en los últimos cinco años desde que el titular de la tarjeta interpone la demanda. El consumidor zamorano podrá presentar un recurso ante la Audiencia de Zamora en el plazo de 20 días desde que esta sentencia se haya hecho pública.