La provincia de Zamora se encuentra desde el día de hoy en nivel 1 de alerta sanitaria, un escenario que beneficia principalmente a la actividad de la hostelería y restauración, cuyas restricciones se relajan de forma importante. En estos espacios, a partir de este momento está autorizado el consumo en barra y de pie en el interior, con una limitación de aforo al 75% y de un máximo de veinticinco personas por mesa o agrupaciones de mesas. En terrazas, por su parte, no hay límite de aforo para las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior de acuerdo con la correspondiente licencia municipal o de lo que haya sido autorizado para este año en el caso de que la licencia haya sido otorgada por primera vez, sin que la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas supere las veinticinco personas.

En todo caso, en ambos espacios sigue vigente el cumplimiento de la separación entre sillas de mesas y de agrupaciones de mesas, de dos metros en interior y de 1,5 metros en terraza, para que se permita la distancia interpersonal de seguridad y el uso de la mascarilla obligatorio, con la excepcionalidad del momento del consumo de alimentos o bebidas.

La declaración del nivel 1 de alerta sanitaria supone también una modificación de los horarios de cierre en hostelería y restauración, tanto en interior como en terrazas, que a partir de ahora podrán mantener la actividad hasta la hora que índice la licencia de autorización referenciada. En cuanto al ocio nocturno, las discotecas tendrán un aforo del 50% y los pubs, karaokes y similares, del 75%. El horario de cierre será el establecido según las ordenanzas municipales. Se permiten los cócteles y similares manteniendo las distancias de seguridad y medidas de higiene.

También en establecimientos locales comerciales y de actividades profesionales abiertos al público, ya sea que no formen parte de centros o parques comerciales o que sí tengan esa condición de estar integrados en centros y parques comerciales, el aforo en el nivel 1 es del 75%, capacidad que, en este último ámbito, también se mantiene en sus zonas comunes y recreativas. Por último, en cuanto a aforos en instalaciones deportivas y centros deportivos dedicados a la actividad física y deportiva no oficial, la actividad físico-deportiva podrá realizarse, garantizando la distancia de seguridad y la adecuada ventilación, respetando las reglas en función del nivel de alerta sanitaria pandémica vigente: en nivel 1, sin límite de aforo en espacios al aire libre y del 85% máximo en los recintos que estén cerrados.

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