La ayuda estatal a las empresas cuya actividad ha resultado afectada por el COVID solo paga la deuda que hayan generado a causa de la crisis sanitaria y económica, pero excluye de la convocatoria a aquellas empresas que se han autofinanciado con el ahorro o recursos propios. “Eso supone que penaliza a aquellas empresas, autónomos especialmente, que optaron por no endeudarse y sobrevivir con aportaciones del propio empresario aun descapitalizando la empresa en algunos casos”. Así lo entienden desde la Asociación Zamorana de Empresarios de la Hostelería, Azehos, el sector más afectado por la situación. “Nos estamos dando cuenta de que muchas empresas en situación delicada no entran en los supuestos en los que se concede la ayuda, lo que consideramos injusto”, razona Óscar Somoza, presidente de los hosteleros zamoranos, en declaraciones a este diario.

El propio presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, solicitó hace unos días al Gobierno central que flexibilice los requisitos para acceder a estas ayudas, que corren el riesgo de no llegar a los negocios afectados por las restricciones por el paso de la pandemia. Castilla y León, apuntan desde la agrupación de hosteleros, convocó las ayudas hace aproximadamente un mes y “pueden pedirse hasta el próximo seis de julio”, aunque el sector espera que “si finalmente se amplían los supuestos el plazo se amplíe”. La subvención la “gestiona” la Junta, pero los criterios para concederla son estatales.

La cuestión de fondo es que las ayudas solo pueden ser concedidas a empresas que no hayan tenido pérdidas o que acudieran, en su día, a la línea de crédito ICO habilitada por el Gobierno para paliar, en la medida de lo posible, los efectos del COVID en sus negocios. También pueden solicitar la subvención las empresas que a día de hoy tengan deudas con sus trabajadores o con los proveedores. “Hay empresarios en la hostelería, muchísimos, que han recurrido a su patrimonio personal, que han vendido una finca, un coche, o que han tirado de sus ahorros para no generar una deuda. Sin embargo, todos estos ahora se encuentran con que no tienen derecho a las ayudas del Gobierno cuando los que han dejado de pagar sí que pueden acudir”. Algo similar sucede con los préstamos ICO. “El Gobierno entiende que esa línea de créditos era para los efectos de la pandemia y que el que lo solicitó estaba afectado por las restricciones. Pero los empresarios que acudieron a líneas de crédito privadas tienen más dificultades”. Con todo, la resolución de los expedientes indica que los préstamos privados, aunque pasan por un análisis más exhaustivo, también son considerados como deuda y, por tanto, permiten acceder a las ayudas.

En España, explican las fuentes consultadas, la subvención tiene carácter finalista. Se destina a “paliar la deuda a proveedores o al crédito” generada durante los últimos meses, entiendo como deuda la que provenga de prestaciones, servicios recibidos, tributos, salarios o aplazamientos de los pagos a la Seguridad Social, principalmente. El diseño del programa estatal de ayudas prevé cubrir deudas a las empresas por importes que superen el treinta por ciento de la caída de la facturación de 2020 respecto a la del año anterior. Hay también requisitos, como mantener la actividad durante varios meses una vez concedido el importe de la ayuda.