El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León confirma íntegramente la sentencia que condena al novio de una mujer a 27 años y seis meses de prisión por agresiones sexuales a las hijas de su pareja, de 12 y 17 años, en el domicilio conyugal a lo largo de año y medio con la amenaza de matar a su madre o a su abuela si contaban lo ocurrido. La sentencia, que aplica la atenuante de dilaciones en el procedimiento judicial, reitera la credibilidad del relato de las dos menores en base a los informes del forense, tal y como ya recogía la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora de enero pasado y mantiene la indemnización de 30.000 euros, 15.000 a a cada una de las víctimas por los daños psicológicos sufridos.

El Alto Tribunal desestima el delito de maltrato en el ámbito familiar a la madre de las menores, por el que la Audiencia le condenó a 10 meses de prisión y a dos años sin poseer armas ni tener licencia, la misma pena que incluían los magistrados de Zamora.

La sentencia considera probado que el imputado las obligaba a realizar felaciones, masturbaciones y que llegó a penetrar analmente a una de las niñas, con las que vivió siete años, y con el menor de los hermanos, como pareja de la madre. La posición de superioridad que mantenía sobre las menores, que le concedía su papel de padre en le núcleo familiar, le sirvió para llevar a cabo esas agresiones reiteradas y constituye una agravante de la pena de cárcel que el Supremo confirma para mantener la sentencia condenatoria, puesto que comenzaron los abusos, para obligarlas en reiteradas ocasiones a mantener relaciones sexuales con él durante un año y medio.

El hombre aprovechaba los momentos en los que su pareja sentimental trabajaba o las noches en las que el resto de la familia dormía para cometer las agresiones sexuales, por separado, a ambas hermanas, que desconocían cada una lo que le hacía a la otra. El acusado amenazaba a las víctimas con matar a su madre o a su abuela si contaban lo ocurrido y al cometer las agresiones sexuales les decía que así aprenderían para cuando tuvieran novio, según los hechos probados que establece la sentencia. El tribunal ha subrayado que “los miserables abusos y la canalla lascivia” del condenado han condicionado la satisfacción vital más esencial de las víctimas y han devastado el bienestar infantil de las menores.

La condena incluye trece años y medio de prisión por un delito continuado de agresión sexual a la hermana de mayor edad, a la que deberá indemnizar con 15.000 euros. Para la otra menor fija una indemnización similar por otro delito continuado de agresión sexual, por el que el acusado suma otra condena de catorce años y tres meses de prisión. En ambos casos, una vez cumplido el tiempo de prisión, el condenado deberá estar seis años en libertad vigilada y se le prohíbe durante el tiempo de cárcel y el de libertad vigilada a aproximarse o comunicarse con las víctimas.

La Audiencia Provincial de Zamora ha dado credibilidad al testimonio de las menores, ya que en todas sus declaraciones han mantenido los hechos nucleares y están corroborados por otros testimonios y los informes forenses y psicológicos, según se desprende de la sentencia que ha sido difundida por el propio tribunal.

En el juicio, el acusado negó los hechos y alegó que todo había sido urdido por la madre de las víctimas en venganza porque había roto la relación con ella, algo a lo que tampoco da credibilidad el TSJ porque las menores dan muchos detalles de las distintas agresiones.