Tras una lucha de más de dos años con el INSS, una zamorana empleada de hogar ha logrado que una juez le reconozca el derecho a percibir 537,36 euros, el 55% de la base reguladora, como pensión por una incapacidad permanente temporal por las graves lesiones sufridas en un accidente de autobús urbano, en marzo de 2018, en el que se cayó cuando se dirigía al trabajo.

Las heridas que sufrió le limitan la flexión de las caderas, así como el agacharse, y le obligan a miccionar cada media hora, al tener afectada sustancialmente la zona “de la articulación sacroilíaca izquierda con irradiación hacia la parte anterior de la cadera, la zona glútea y el miembro inferior izquierdo, en la zona interna y posterior del muslo”. Sin embargo, descarta la invalidez permanente absoluta porque “todavía conserva capacidad residual suficiente para llevar a cabo las actividades denominadas de carácter liviano”. Su abogado, Roberto Gómez Calles, subraya que su clienta, de 47 años de edad, “no puede llevar una vida independiente y se ha visto obligada a volver a vivir con sus padres”.

Frente a la negativa del INSS a reconocerle la invalidez permanente absoluta en diciembre de 2019 “por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral”, la magistrada puntualiza que el trabajo de la mujer “requiere muy buena funcionalidad a nivel de columna lumbar y extremidades inferiores y superiores”. Aunque este no requiere grandes esfuerzos, “sí exige disponibilidad física constante”, argumenta la sentencia.

La juez abunda que ese empleo “es incompatible con la necesidad de miccionar” que siente la mujer, descrita como “muy frecuente durante el día” por la forense que la examinó y que el Servicio de Urología del Hospital Virgen de la Concha especificó que la afectada tiene que ir al baño cada media hora.

El Juzgado especifica que las heridas que sufrió le ocasionan “dolor crónico a nivel de lumbosacro, cadera, y miembro inferior izquierdo”; “dolor en posición de sentada y cuando se encuentra en reposo horizontal”.