El Tribunal Supremo es la última vía que le queda a la cuidadora del capellán del Hospital Rodríguez Chamorro, de Alberto Segovia Segovia, para quedarse con los 89.000 euros que extrajo de las cuentas bancarias del sacerdote en los últimos meses que le quedaban de vida, periodo en el que logró, también, que la nombrará heredera universal. La mujer, de iniciales M.R.V., llamó a un notario un mes antes de que el religioso falleciera para modificar el testamento y expulsar de él a Cáritas Diocesana y la Diócesis de Zamora, además de mermar lo que percibiría como legados junto a las primas carnales del cura.

A ese Tribunal deberá recurrir tras confirmar el Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León la condena a dos años de prisión que la impuso la Audiencia de Zamora por apropiarse indebidamente de los 89.000 euros, que tendrá que devolver para que reintegrarlos al patrimonio hereditario, lo que permitirá percibir lo que les corresponde a los legados (herederos que cobran un porcentaje del patrimonio). En esos mismos términos se pronunció la Audiencia en la sentencia ratificada por el TSJ.

Esta última instancia rechaza que una parte ese dinero fuera para cubrir gastos de alimentación de los dos y para comprar cubrecolchones o sábanas, entre otros enseres, o para “que se abandonase en la mesilla de noche de un hospital”, donde estuvo ingresado el capellán “para realizar donaciones”. Los magistrados de la sala de Burgos tiran de lógica para indicar que si el cura quería hacer donaciones a otros sacerdotes, algunos importantes, como indicó en el juicio la condenada, “pudo incluir perfectamente a los supuestos donatarios en el testamento”. Desestima la petición de la cuidadora de restar dos de las extracciones de los 89.000 euros por ser anteriores a que la nombrara, probablemente, dice la sentencia, sin que lo supiera el cura, heredera universal el 11 de agosto de 2017. La mujer argumenta que el cura no contaba con esa dos extracciones para legarlas a otras personas, ya que ya no formaban ya parte de su patrimonio. Los magistrado replican que los legados no iban a cobrar una cantidad fija, sino una cuota proporcional, mermada por el dinero que la cuidadora sacó de las cuentas. Ordena que reponga ese dinero. En el testamento inicial, Cáritas y la Diócesis de Zamora aparecían como únicas herederas del sacerdote.